235504 Memorias 2018 Tomo I
339 MEMORIA 2018 / CONSEJO DE ESTADO SALA DE CONSULTA Y SERVICIO CIVIL de 2016. Lo dicho, sin perjuicio de que en la misma sentencia se mencione a la Sala como titular de las funciones. A estas conclusiones deben hacerse los siguientes comentarios adicionales: • La sentencia C- 373-16, fue aprobada el 13 de julio de 2016, y anunciada en el Comunicado No. 29 de la misma fecha. Esto es, después de vencido el plazo de un año – 1º de julio de 2016 - previsto para la transición que dicha sentencia declaró exequible por los cargos analizados. • La “convocatoria pública reglada” que el artículo 257 A de la Constitución Política consagró comomecanismo previo a la elección por el Congreso de la República de los magistrados de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial, fue reglamentada por el Decreto 1189 del 19 de julio de 2016 y por el Acuerdo PSAA16-10548 del 27 de julio de 2016, es decir, con posterioridad a la sentencia de exequibilidad y, por consiguiente, también ya vencido el plazo en cuestión. • Sentencia C-112-17 208 En la Sentencia C-112-17 se analizó otra demanda presentada contra el artículo 19 (par- cial). La Corte Constitucional verificó la existencia de cosa juzgada respecto del artículo 19 del Acto Legislativo 1 de 2015, por el cargo de violación del principio de unidad de materia, y decidió estarse a lo resuelto en la sentencia C-373-16, en ese punto, y además se inhibió respecto del cargo de sustitución de la Constitución por ineptitud sustantiva de la demanda. 2. La norma de transición. Parágrafo transitorio del artículo 257 A de la Constitución 2.1. Aspectos generales Por regla general, las normas constitucionales y legales que modifican instituciones o regímenes de derechos, contienen mandatos temporales orientados a facilitar su desa- rrollo y aplicación. Como se señaló atrás al analizar la sentencia C-363-16, la Corte Constitucional reiteró su jurisprudencia sobre la constitucionalidad de las disposiciones transitorias y su carác- ter instrumental. Dados los motivos de la consulta planteada a la Sala, es pertinente referirse a otros pronunciamientos relativos a las normas transitorias, por vía de ejemplo: 208 Sentencia C-112-17 (22 de febrero) Referencia: Expediente D-11533. Asunto: Acción pública de inconstitucionalidad contra los artículos 14, 17, 19 (parcial) y 26 (parcial) del Acto Legislativo 02 de 2015 “Por medio del cual se adopta una reforma de equilibrio de poderes y reajuste institucio- nal y se dictan otras disposiciones”.
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