235504 Memorias 2018 Tomo I
256 SELECCIÓN DE CONFLICTOS DE COMPETENCIAS ADMINISTRATIVAS AÑO 2018 10. Conflicto negativo de competencias administrativas entre la Agencia Nacional de Tierras y la Oficina de Registro e Instrumentos públicos de Neiva. Asunto: Autoridad competente para resolver la solicitud de la señora Mónica Andrade Olarte relacionada con el levantamiento de una condición resolutoria de un predio adjudicado por el extinto Incoder Radicado 2018-00096 Fecha: 25/09/2018 Consejero Ponente: Óscar Darío Amaya Navas I. ANTECEDENTES De la información y los documentos que obran en el expediente, se pueden extraer los siguientes hechos relevantes: El 9 de abril de 2018, la señora Mónica Andrade Olarte, solicitó a la Sala de Consulta y Servicio Civil dirimir el presunto conflicto de competencias suscitado entre la Agencia Na- cional de Tierras (ANT) y la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Neiva, basada en los siguientes hechos: • La señora Mónica Andrade Olarte y otros, son propietarios del inmueble identificado con el folio de matrícula No. 200-129356 ubicado en el municipio de Campoalegre, Huila, el cual les fue adjudicado por sucesión del señor Jairo Murcia Andrade (folios 29 a 31). • El 4 de noviembre de 2016 la señoraMónica Andrade solicitó a la AgenciaNacional de Tierras, a través del oficio No. 20161172443, la expedición de un acto administrativo por medio del cual se ordené la cancelación de las condiciones resolutorias contenidas en las anotaciones 1, 2,5 y 6 del folio de matrícula No. 200-129356 (folio 24). Toda vez que en ellas se establecen limitaciones al dominio y prohibiciones a favor del Incora, en razón que el predio fue adjudicado calidad de UAF. • En respuesta a la solicitud de la señora Andrade, la Agencia Nacional de Tierras (ANT) a través de oficio No. 20162119991 del 21 de diciembre de 2016, le informó que la Agencia no tiene la obligación de expedir acto administrativo alguno para la cancelación de las condiciones resolutorias debido a que ese levantamiento opera “ipso jure” (folio 27). • Con base en lo anterior, el 3 de abril de 2017 la señora Andrade solicitó a la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Neiva la cancelación de las condiciones resolutorias contenidas en el folio de matrícula No. 200-129356 (folio 26). • El 24 de abril de 2017, el doctor Jairo Custodio Sánchez Soler, en su calidad de registrador principal de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Neiva en respuesta a la solicitud de la señora Andrade le informó que conforme a la Ley
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