235504 Memorias 2018 Tomo I
228 SELECCIÓN DE CONFLICTOS DE COMPETENCIAS ADMINISTRATIVAS AÑO 2018 en todo lo que es la protección urbana bajo el entendido que tienen los mecanismos más rápidos y eficaces y tienen la población ahí para poder darle una atención. Hemos resalta- do mucho los lineamientos de la Corte Constitucional a partir de la Sentencia T-025 y todos sus Autos de seguimiento, en atención a la población desplazada, en la cual en su línea jurisprudencial el papel de los entes territoriales ha jugado un papel muy importante de articulación en la primera atención y gestión. En ese sentido, consideramos que al no existir la competencia funcional asignada a la Unidad y al existir este precedente de los entes terri- toriales, son los entes territoriales quienes deben entrar a efectuar ese análisis de fondo que permite salvaguardar los derechos de las víctimas. (…)” En ese sentido apoyamos a la Superintendencia de Notariado y Registro en el sentido de la necesidad de aclarar en el procedimiento quién es el ente encargado que debe emitir el acto administrativo para ordenar la publicidad en el certificado de libertad de la medida para proteger y prevenir el despojo en Colombia, cualquiera que sea el sitio rural y urbano. Medellín es la ciudad que mayor despojo, desplazamiento y abandono forzado de predios presenta en el país.” 2. DOCUMENTACIÓN ALLEGADA POR LAS PARTES En la audiencia en mención, las partes informaron a la Sala la existencia de documen- tación que resultaba útil para resolver el conflicto de competencias administrativas. Por lo anterior, el Consejero Ponente, mediante Auto del 25 de julio de 2018, consideró proce- dente oficiar a las partes para que allegaran los documentos citados, con fundamento en lo dispuesto por el último inciso del parágrafo 2º del artículo 112 de la Ley 1437 de 2011, Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo – CPACA. Documentos allegados: a. Por parte de la Superintendencia Delegada para la Protección, Restitución y Formalización de Tierras, de la Superintendencia de Notariado y Registro (175 folios): (i) Instrucciones Administrativas No. 07 de 2015 (derogada- inscripción de predios urbanos), 10 de 2016 (nuevo procedimiento para la inscripción de medidas de pro- tección patrimonial para predios rurales y urbanos) y 15 de 2018 (inscripción y can- celación en predios rurales). (ii) Circulares 595 de 2015 (derogada –remisión de solicitudes de protección de pre- dios urbanos); Circular 949 de 2017 (cancelación de medidas de protección por ruta colectiva para predios rurales). (iii) Oficio No. SNR 2017EE048069 del 11 de diciembre de 2017 dirigido a la Unidad Ad- ministrativa para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas, por medio del cual la Superintendencia de Notariado y Registro - Delegada para la Protección, Restitución y Formalización de Tierras, solicita indicar la competencia para la ins- cripción y cancelación de medida de protección de predios urbanos.
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