CPACA Ley 1437 Actualizada 2019

Parte Primera [ ] Artículos 42 a 44, 87 a 89; Ley 527 de 1999; Ley 962 de 2005, 6. Artículo 58. Archivo electrónico de documentos. Cuando el procedimiento administrativo se adelante utilizando medios electrónicos, los documentos deberán ser archivados en este mismo medio. Podrán almacenarse por medios electrónicos, todos los documentos utilizados en las actuaciones administrativas. La conservación de los documentos electrónicos que contengan actos administrativos de carácter individual, deberá asegurar la autenticidad e integridad de la información necesaria para reproducirlos, y registrar las fechas de expedición, noti cación y archivo. Artículos 53, 55, 56 y 57; Ley 527 de 1999, 12 y 13; Ley 594 de 2000; Ley 1474 de 2011, 126; Ley 1712 de 2014, 16, 17 y 20. Artículo 59. Expediente electrónico. El expediente electrónico es el conjunto de documentos electrónicos correspondientes aunprocedimiento administrativo, cualquiera que sea el tipo de información que contengan. El foliado de los expedientes electrónicos se llevará a cabo mediante un índice electrónico, rmado digitalmente por la autoridad, órgano o entidad actuante, según proceda. Este índice garantizará la integridad del expediente electrónico y permitirá su recuperación cuando se requiera. La autoridad respectiva conservará copias de seguridad periódicas que cumplan con los requisitos de archivo y conservación en medios electrónicos, de conformidad con la ley. Artículos 36, 53 a 58; Ley 527 de 1999, 2-c, 7 a 10, 12 y 13. Artículo 60. Sede electrónica. Toda autoridad deberá tener al menos una dirección electrónica. La autoridad respectiva garantizará condiciones de calidad, seguridad, disponibilidad, accesibilidad, neutralidad e interoperabilidad de la información de acuerdo con los estándares que de na el GobiernoNacional. Podrá establecerse una sede electrónica común o compartida por varias autoridades, siempre y cuando se identi que claramente quién es el responsable de garantizar las condiciones de calidad, seguridad, disponibilidad, accesibilidad, neutralidad e interoperabilidad. Así mismo,

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