CPACA Ley 1437 Actualizada 2019
Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo [ ] queden relevadas del deber de resolver sobre todos los aspectos y pruebas que les sean planteados o presentados más allá del contenido de dichos formularios. A la petición escrita se podrá acompañar una copia que, recibida por el funcionario respectivo con anotación de la fecha y hora de su presentación, y del número y clase de los documentos anexos, tendrá el mismo valor legal del original y se devolverá al interesado a través de cualquier medio idóneo para la comunicación o transferencia de datos. Esta autenticación no causará costo alguno al peticionario. Parágrafo 1. En caso de que la petición sea enviada a través de cualquier medio idóneo para la comunicación o transferencia de datos, esta tendrá como datos de fecha y hora de radicación, así como el número y clase de documentos recibidos, los registrados en el medio por el cual se han recibido los documentos. Parágrafo 2. Ninguna autoridad podrá negarse a la recepción y radicación de solicitudes y peticiones respetuosas. Parágrafo 3. Cuando la petición se presente verbalmente ella deberá efectuarse en la o cina o dependencia que cada entidad de na para ese efecto. El Gobierno Nacional reglamentará la materia en un plazo no mayor a noventa (90) días, a partir de la promulgación de la presente ley. Artículos 20, 38, 53 y 54; Ley 962 de 2005, 3, 4, 6, 10, 12 y 15; Decreto Ley 19 de 2012, 25 y 26; Ley 1712 de 2014, 25; Decreto Único Reglamentario 1069 de 2015, 2.2.3.12.1 a 2.2.3.12.14; Decreto 1166 de 2016. Nota: La Corte Constitucional, en la sentencia C-951 de 2014, determinó: “ Declarar INEXEQUIBLES las expresiones “ante el funcionario competente” del inciso primero y “ o ante el servidor público competente ” del parágrafo 3º del artículo 15 del proyecto de Ley Estatutaria revisado y EXEQUIBLE el resto de la disposición, bajo el entendido que la exigencia de que las peticiones sean presentadas por escrito, deberá ser motivada por la autoridad correspondiente mediante acto administrativo de carácter general”. Artículo 16. Contenido de las peticiones. Toda petición deberá contener, por lo menos: 1. La designación de la autoridad a la que se dirige. 2. Los nombres y apellidos completos del solicitante y de su representante y o apoderado, si es el caso, con indicación de su documento de identidad
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