CPACA Ley 1437 Actualizada 2019
Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo [ ] CAPÍTULO I Derecho de Petición ante Autoridades Reglas Generales Artículo 13. Objeto ymodalidades del derecho de petición ante autoridades. Toda persona tiene derecho a presentar peticiones respetuosas a las autoridades, en los términos señalados en este código, por motivos de interés general o particular, y a obtener pronta resolución completa y de fondo sobre la misma. Toda actuación que inicie cualquier persona ante las autoridades implica el ejercicio del derecho de petición consagrado en el artículo 23 de la Constitución Política, sin que sea necesario invocarlo. Mediante él, entre otras actuaciones, se podrá solicitar: el reconocimiento de un derecho, la intervención de una entidad o funcionario, la resolución de una situación jurídica, la prestación de un servicio, requerir información, consultar, examinar y requerir copias de documentos, formular consultas, quejas, denuncias y reclamos e interponer recursos. El ejercicio del derecho de petición es gratuito y puede realizarse sin necesidad de representación a través de abogado, o de persona mayor cuando se trate de menores en relación a las entidades dedicadas a su protección o formación . Artículos 4-1 y -2; 5-1, -2, -3 y -4; 14, 19, 38, 40, 47, 74, 83, 93, 102 y 269; Ley 962 de 2005, 6 y 10; Decreto Ley 19 de 2012, 8, 12, 14 y 68; Ley 1564 de 2012, 275 inciso 2; Ley 1712 de 2014, 2, 24 y 25. Nota: Artículo declarado exequible por la Corte Constitucional, “ con excepción de la expresión “en relación a (sic) las entidades dedicadas a su protección o formación ”, contenida en el inciso nal del mismo artículo, la cual se declara EXEQUIBLE , siempre y cuando no excluya la posibilidad de que los menores de edad presenten directamente peticiones dirigidas a otras entidades para el pleno ejercicio de sus derechos fundamentales”. (Sentencia C-951 de 2014). Artículo 14. Términos para resolver las distintas modalidades de peticiones. Salvo norma legal especial y so pena de sanción disciplinaria, toda petición deberá resolverse dentro de los quince (15) días siguientes a su recepción. Estará sometida a término especial la resolución de las siguientes peticiones: 1. Las peticiones de documentos y de información deberán resolverse dentro de los diez (10) días siguientes a su recepción. Si en ese lapso no
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