CPACA Ley 1437 Actualizada 2019
[ ] Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo Nota: Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, sentencias: Sala Plena: 9 de marzo de 2019, exp. 1100103150002016003385-01; Sección Primera: 6 de septiembre de 2018, exp. 110010324000201700252-00; Sección Segunda: 19 de mayo de 2016, exp. 050012333000201200791-01 (4499-13) (CE-SUJ2-002-16); 25 de agosto de 2016, exp. 230012333000201300260-01 (0088-15) (CE-SUJ2-005-16), y 7 de diciembre de 2016, exp. 250002342000201304676-01(2686-14); Sección Tercera: 19 de noviembre de 2012, exp. 24897; 25 de septiembre de 2013, exp. 36460; 28 de agosto de 2014, exp. 26251, 27709, 28804, 28832, 31170, 31172, 32988, 36149 y 36460, y 22 de abril de 2015 (CE-SUJ-3-001), exp. 20000383801(19146), y Subsección C, 30 de julio de 2018, exp. 110010326000201400098-00 (51698); Sección Cuarta: 4 de febrero de 2016, exp. 250002327000200900235-01(18551); y Sección Quinta: 26 de mayo de 2016, exp. 110010328000201500029-00; 7 de junio de 2016, exp. 110010328000201500051- 00; 7 de diciembre de 2016, exp. 110010328000201600044-00; 26 de septiembre de 2017, exp. 25000234100000201502491-01, y 24 de mayo de 2018, exp. 470012333000201700191-02. Artículo 271. Decisiones por importancia jurídica, trascendencia económica o social o necesidad de sentar jurisprudencia. Por razones de importancia jurídica, trascendencia económica o social o necesidad de sentar jurisprudencia, que ameriten la expedición de una sentencia de uni cación jurisprudencial, el Consejo de Estado podrá asumir conocimiento de los asuntos pendientes de fallo, de o cio o a solicitud de parte, o por remisión de las secciones o subsecciones o de los tribunales, o a petición del Ministerio Público. En estos casos corresponde a la Sala Plena de lo ContenciosoAdministrativo del Consejo de Estado dictar sentencias de uni cación jurisprudencial sobre los asuntos que provengan de las secciones. Las secciones de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado dictarán sentencias de uni cación en esos mismos eventos en relación con los asuntos que provengan de las subsecciones de la corporación o de los tribunales, según el caso. Para asumir el trámite a solicitud de parte, la petición deberá formularse mediante una exposición sobre las circunstancias que imponen el conocimiento del proceso y las razones que determinan la importancia jurídica o trascendencia económica o social o a necesidad de uni car o sentar jurisprudencia. Los procesos susceptibles de este mecanismo que se tramiten ante los tribunales administrativos deben ser de única o de segunda instancia. En este caso, la solicitud que eleve una de las partes o el Ministerio Público
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