CPACA Ley 1437 Actualizada 2019
[ ] Parte Segunda 4. Las copias auténticas de los actos administrativos con constancia de ejecutoria, en los cuales conste el reconocimiento de un derecho o la exis- tencia de una obligación clara, expresa, y exigible a cargo de la respectiva autoridad administrativa. La autoridad que expida el acto administrativo tendrá el deber de hacer constar que la copia auténtica corresponde al primer ejemplar. Artículos 87, 89 a 92, 98, 99, 187 a 192, 194 y 195; Ley 1564 de 2012, 422. Artículo 298. Procedimiento . En los casos a que se re ere el numeral 1 del artículo anterior, si transcurrido un (1) año desde la ejecutoria de la sentencia condenatoria o de la fecha que ella señale, esta no se ha pagado, sin excepción alguna el juez que la pro rió ordenará su cumplimiento inmediato. En los casos a que se re ere el numeral 2 del artículo anterior, la orden de cumplimiento se emitirá transcurridos seis (6) meses desde la rmeza de la decisión o desde la fecha que en ella se señale, bajo las mismas condiciones y consecuencias establecidas para las sentencias como título ejecutivo. El juez competente en estos eventos se determinará de acuerdo con los factores territoriales y de cuantía establecidos en este Código. Artículos 187 a 192, 194 y 195; Ley 4 de 1913, 59; Ley 1564 de 2012, 423 a 467. Artículo 299. De la ejecución en materia de contratos y de condenas a entidades públicas . Salvo lo establecido en este Código para el cobro coactivo a favor de las entidades públicas, en la ejecución de los títulos derivados de las actuaciones relacionadas con contratos celebrados por entidades públicas, se observarán las reglas establecidas en el Código de Procedimiento Civil para el proceso ejecutivo de mayor cuantía. Las condenas impuestas a entidades públicas consistentes en la liquidación o pago de una suma de dinero serán ejecutadas ante esta misma jurisdicción según las reglas de competencia contenidas en este Código, si dentro de los diez (10) meses siguientes a la ejecutoria de la sentencia la entidad obligada no le ha dado cumplimiento. Artículos 98, 99, 187 a 189, 192 a 195; Ley 4 de 1913, 59; Ley 80 de 1993, 18, 32, 39 a 41, 58, 59, 60 y 75; Ley 1564 de 2012, 307, 423 a 467.
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy NzAxMjQz