Serie Documental 32 -ABCDE de la Acción de Tutela

16 ABECÉ de la Acción de Tutela es seleccionar los expedientes de tutela respecto de los cuales la Corte Constitucional proferirá una sentencia en sede de revisión. ¿Qué es una Sala de Revisión? Es aquella conformada por tres de los nueve Magistrados de la Corte Constitucional, cuya principal función es emitir una sentencia respecto de los casos seleccionados previamente por las Salas de Selección. Para ello, el Magistrado que preside la Sala elabora la ponencia y los otros dos Magistrados deciden si la aprueban o, en su defecto, aclaran o salvan su voto. ¿Qué es la Sala Plena? Es la reunión de los nueve Magistrados de la Corte Constitucional. La Sala Plena ejerce el control abstracto de constitucionalidad de las leyes y, en el ejercicio del control concreto, decide casos de tutela para efectos de la unifi- cación de la jurisprudencia. ¿Cuáles son las razones para que la Corte Constitucional seleccione o no un caso para revisión? De conformidad con lo previsto en el artículo 52 del Reglamento Interno de la Corte (Acuerdo 02 de 2015), el proceso de selección de tutelas está orientado por tres grupos de criterios: • Criterios objetivos: unificación de jurisprudencia, asunto novedoso, necesidad de pronunciarse sobre una determinada línea jurisprudencial, exigencia de aclarar el contenido y alcance de un derecho fundamental, posible violación o desconocimiento de un precedente de la Corte Constitucional. • Criterios subjetivos: urgencia de proteger un derecho fundamental o la necesidad de materializar un enfoque diferencial.

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