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D erechos del usuario Recibir trato con el respeto y la consideración debida a la dignidad humana. Presentar peticiones en cualquiera de sus modalidades, verbales, escritas, o por cualquier otro medio idóneo y sin necesidad de apoderado, así como a obtener información y orientación acerca de los requisitos que las disposiciones vigentes exijan para tal efecto. Tener una atención cortés, amable, respetuosa, incluyente, oportuna y de calidad por parte de los servidores judiciales. Disponer de puntos de referencia, canales de comunicación e información confiable, para adelantar los distintos trámites que la entidad ofrece, con el fin de hacer más amigable el acceso a la justicia en todas las áreas. Obtener garantía y confiabilidad en la calidad de la información que se le suministra y ser dirigidos a oficinas identificables y ubicables, y personal idóneo para resolver sus inquietudes. Tener al alcance las normas básicas de información (regulaciones, procedimientos, trámites y términos) que rigen las actuaciones de los particulares en el Consejo Superior de la Judicatura y poder consultarlos a través de los diferentes medios de atención dispuestos para ello. 1 2 3 4 5 6 Conocer, salvo expresa reserva legal, el estado de cualquier actuación o trámite y obtener copias, a su costa, de los respectivos documentos y en general, salvo reserva legal, la información que repose en los registros y archivos públicos en los términos previstos por la Constitución y las leyes. Obtener respuesta oportuna a sus peticiones en los plazos establecidos para el efecto. Recibir atención especial y preferente si se trata de personas en situación de discapacidad, niños, niñas, adolescentes, mujeres gestantes, adultos mayores, minorías étnicas, con enfoque de género, con los debidos protocolos de atención para los ciudadanos y ciudadanas que forman parte de grupos poblacionales de especial protección constitucional conforme las convenciones, la Constitución, las leyes y los reglamentos. Gozar de las garantías en el acceso a la justicia en los casos de víctimas de violencia sexual, contenidas en la Ley 360 de 1997 artículo 15, Ley 1719 de 2014artículos 13 y 22 y la Ley 1257 de 2008, entre otras, preservando su intimidad,seguridad, privacidad, confidencialidad de información personal y familiar, y a no ser discriminado por los servidores judiciales debido a su condición. Reclamar desde el primer contacto con las autoridades y en los términos establecidos en los códigos, información pertinente para la protección de sus intereses y a conocer la verdad de los hechos en los casos de poblaciones vulnerables, en especial las de violencia sexual. 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 Demandar el principio de igualdad en cualquier momento de la atención a una pronta e integral reparación cuando se encuentren grupos poblacionales de especial atención. Requerir de los servidores judiciales y de quienes desempeñen funciones adminis- trativas en la Rama Judicial el cumplimiento de sus responsabilidades. Formular alegaciones y aportar documentos u otros elementos de prueba en cualquier actuación administrativa en la cual tenga interés; así mismo, a que dichos documentos sean valorados y tenidos en cuenta por las autoridades al momento de decidir, y a que estas le informen al interviniente cuál ha sido el resultado de su participación en el procedimiento correspondiente. Recibir trato amable, lograr respuestas más rápidas e información y mensajes claros y precisos en los casos de atención telefónica, con el fin que los usuarios de la administración de justicia sientan que se les está tratando con equidad y dignidad. Cualq uier otro que le reconozca la Constitución y la ley. Los temas y enlaces se relacionan a continuación Los asuntos relacionados con la carrera judicial, convocatorias y otros pueden consultarlos en el link: https://www.ramajudicial.gov.co/web/unidad-de- administracion-de-carrera-judicial Comisión Interinstitucional de la Rama Judicial https://www.ramajudicial.gov.co/web/comision- interinstitucional Comisión Nacional de Género https://www.ramajudicial.gov.co/web/comision- nacional-de-genero También encuentra el botón de transparencia desde donde puede consultar toda la información de interés: https://www.ramajudicial.gov.co/web/ley-de- transparecia-y-del-derecho-de- acceso-a-la-informacion-publica-nacional Un enlace especial para los niños y niñas. Este enlace requiere de un Flash https://www.ramajudicial.gov.co/web/portal-ninos-y-ninas Jurisdicción Especial indígena: https://www.ramajudicial.gov.co/web/10228/1191 Portal de Restitución de Tierras: https://www.ramajudicial.gov.co/web/10228/909 Canal telefónico Se dispone de atención personalizada en todas las depen- dencias, oficinas y despachos del Consejo Superior de la Judicatura y la Rama Judicial. Despachos Judiciales Nacionales: https://www.ramajudicial.gov.co/web/unidad-de-desarroll o-y-analisis-estadistico1/cuantificacion-de-despachos- judiciales Canal de correspondencia Los espacios físicos están habilitados y el personal siempre estará dispuesto a atender con la mayor destreza a los usuarios en todo el país. CARTA DE TRATO DIGNO PARA EL USUARIO DE LOS DESPACHOS JUDICIALES DE LA RAMA JUDICIAL Y DEPENDENCIAS ADMINISTRATIVAS DE LA RAMA JUDICIAL
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