Antología - Tomo VI

638 UNIVERSIDADES PÚBLICAS Tributo que se causa por la suscripción de contratos de obra, “contratos conexos” y sus adiciones 10 de mayo de 2016 Radicación: 11001-03-06-000-2015-00166-00(2271) …« En primer lugar, es importante advertir que la Sala de Consulta y Servicio Civil, en el reciente concepto Nº 2229 de 2015, se ocupó de estudiar in extenso y detalladamente el origen, los elementos esenciales, la vigencia, la forma de pago y otros aspectos de este tributo, así como su aplicabilidad a diferentes tipos de entidades y contratos. Como quiera que la presente consulta recae sobre el mismo gravamen, la Sala remite a lo explicado de modo general en dicho concepto y solamente hará énfasis en algunos puntos que resultan pertinentes y relevantes para absolver las preguntas planteadas por COLDEPORTES. Asimismo hará algunas precisiones adicionales. (…) Como se aprecia, el mismo legislador se ocupó de señalar explícitamente la naturaleza jurídica de este gravamen, al calificarlo como una contribución parafiscal. Ahora bien, vale la pena rememorar que para la doctrina y la jurisprudencia, los elementos esenciales de todo tributo son: el hecho gravable o generador, el sujeto activo, el sujeto pasivo, la base gravable y la tarifa. Estos elementos, no solamente permiten tipificar y distinguir un tributo de otro, sino que deben ser establecidos directamente por el legislador, en virtud de los principios de representación popular, legalidad, y certeza en materia tributaria, tal como lo dispone el artículo 338 de la Carta Política, entre otras normas.

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