Antología - Tomo VI
519 EMPRESAS PRESTADORAS DE SERVICIOS PÚBLICOS Régimen de Contratación Aplicable 19 de julio de 1995 Radicación: 124-CE-SC-EXP1995-N704 …«El régimen aplicable en la celebración de contratos cuyo objeto sea la prestación de servicios por parte de las personas prestadoras de servicios públicos, es el del derecho privado, con las salvedades que dispone la Ley 142 de 1994, respecto del contrato de concesión en cuya celebración puede acogerse a lo dispuesto en la Ley 80 de 1993 en los términos y condiciones analizados. La remisión hecha por el artículo 41 de la Ley 142 de 1994 debe entenderse formulada respecto del inciso segundo del artículo 5º del Decreto - ley 3135 de 1968 y no del primero, como equivocadamente aparece en el texto legal. El orden municipal de las empresas de servicios públicos domiciliarios, beneficiarias del régimen de exención tributaria por siete años, según el artículo 24.2 de la Ley 142 de 1994, se determina conforme disponga el acto de creación, para las oficiales o mixtas, o lo exprese el objeto social de las empresa privada.»… Roberto Suárez Franco, Javier Henao Hidrón, César Hoyos Salazar, Luis Camilo Osorio Isaza.
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