Antología - Tomo VI

453 SERVICIO MILITAR OBLIGATORIO Sistema de seguridad social 24 de julio de 2002 Radicación: 11001-03-06-000-2001-01397-00 (1397) …«Según lo ha precisado la Corte Constitucional, el servicio militar constituye, de una parte, una obligación de los colombianos de naturaleza constitucional, basada en el principio de solidaridad social -consagrado en el artículo 95 de la Carta- y en los compromisos que éstos tienen para con la sociedad, “...que corresponde a exigencias mínimas derivadas del deber genérico impuesto a los nacionales respecto del sostenimiento y defensa de la soberanía, la guarda del orden institucional y el mantenimiento del orden público...” y, de otra, un derecho exigible por la Patria; en desarrollo del postulado según el cual los intereses colectivos prevalecen sobre los individuales -desde la perspectiva del interés público-, pero también implica que el Estado al recibir los servicios en mención, está obligado a garantizar el imperio del principio de igualdad de las personas ante la ley, en el tratamiento a los servidores conscriptos. Agrega la Corte que “se trata de un deber en abstracto, cuyos contenidos concretos están sometidos a la Constitución y a la ley.”, y que su objetivo es “...apoyar a las autoridades democráticas, mantener la independencia y la integridad nacional, defender el territorio y la soberanía nacional, colaborar en la defensa de la convivencia pacífica, el mantenimiento de la paz y la efectiva vigencia de las instituciones” De esta manera, el artículo 95 de la Constitución Política establece que “La calidad de colombiano enaltece a todos los miembros de la comunidad nacional. Todos están en el deber de engrandecerla y dignificarla. El ejercicio de los derechos y libertades reconocidos en esta Constitución implica responsabilidades.”…

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