Antología - Tomo VI
320 D. COMISIONES CONSTITUCIONALES PERMANENTES CITACIONES A LAS CÁMARAS Citación a miembros del Banco de la República 8 de noviembre de 1993 Radicación CE-SC-RAD1993-N547 (547) …«Las comisiones constitucionales permanentes de las Cámaras Legislativas disponen de aptitud constitucional, otorgada por el inciso final del art. 208 y dentro del marco de la institución del control político, para citar a los miembros de dedicación exclusiva del Banco de la República con el fin de que expliquen el contenido y alcance del informe rendido al Congreso por mandato del art. 371 de la Constitución. Las plenarias de las Cámaras no están constitucionalmente autorizadas para citar a los miembros de dedicación exclusiva de la Junta Directiva del Banco de la República.»… Jaime Betancur Cuartas, Javier Henao Hidrón, Humberto Mora Osejo, Roberto Suárez Franco.
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