Antología - Tomo VI
200 años Consejo de Estado 52 Así, resulta claramente identificable el evento en el cual la estabilidad del trabajador puede verse afectada por el ejercicio de competencias atribuidas por la Constitución Política a distintos órganos del poder público, como pueden ser aquellos mediante las cuales se resuelve fusionar, suprimir o escindir organismos de la administración pública - con las correspondientes consecuencias en las relaciones laborales con sus servidores -, materia respecto de la cual el ordenamiento constitucional establece competencias compartidas entre el Congreso (para determinar la estructura de la administración pública nacional y crear, suprimir o fusionar ministerios, departamentos administrativos, superintendencias, establecimientos públicos y otras entidades del orden nacional y señalar sus objetivos y estructura orgánica; reglamentar la creación y funcionamiento de las corporaciones autónomas regionales dentro de un régimen de autonomía; así mismo, crear o autorizar la constitución de empresas industriales y comerciales del Estado y sociedades de economía mixta) y el Presidente de la República, a quien se le asigna capacidad jurídica para suprimir o fusionar entidades u organismos administrativos, conforme a la ley (arts. 150.7, 189.15 y 16)…» César Hoyos Salazar, Susana Montes de Echeverry, Flavio Rodríguez Arce, Augusto Trejos Jaramillo.
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy NzAxMjQz