Antología - Tomo V

200 años Consejo de Estado 548 la Secretaría Jurídica de la Presidencia de la República, Imprenta Nacional, Bogotá, D. E. 1969, págs. 4, 11 y ss. 445 y 469 y ss.). Como se observa, en el texto arriba trascrito no aparece el actual inciso final del artículo 83 de la Constitución Política sobre el cual se levanta el cargo formulado contra el acto o actos acusados. El 29 de noviembre de 1968 se debatieron en el Senado de la República (Acta de la Comisión Primera) las cuestiones relacionadas con la representación política departamental y los asuntos contemplados en el artículo 18 del proyecto unificado. Al final de la discusión sobre estos temas, consignado en el Acta número 66 de la Comisión, la Alianza Nacional Popular presentó la Proposición número 182, como inciso del artículo 18 del Proyecto, el siguiente texto: Con excepción de las Mesas Directivas, las elecciones de funcionarios que hagan las corporaciones de elección popular, hasta el 19 de julio de 1974, necesitarán las dos terceras partes de los votos de los asistentes.Las minorías tendrán participación en las Mesas Directivas de las Corporaciones públicas de elección popular (Fdo. Samuel Moreno Díaz). Abierta y cerrada su consideración fue aprobada mediante votación nominal por 12 votos afirmativos contra 6 negativos. Votaron afirmativamente los honorables Senadores: Bula Hoyos Germán, Charris de la Hoz Saúl, Espinosa Valderrama Augusto, Guzmán Larrea Emiliano, Martínez de Jaramillo Hilda, Moreno Díaz Samuel, Nieto Rojas José María, Pardo Parra Enrique, Ramírez Francisco Eladio, Turbay Juan José, Vargas Ardila Ernesto, Vásquez Vélez Raúl”. La adopción de la modificación propuesta explica varios aspectos del tema. Esto último se infiere del alcance de las intervenciones del Jefe de la Alianza Nacional Popular en el Senado, pues en ellas se dejó una constancia histórica. (…) Primero. Declaramos que somos un movimiento bipartidista, con masas liberales y conservadoras y por lo tanto no podemos hacer sectarismo que engendra violencia, alrededor de ninguna fórmula sobre composición del Congreso, que favorezca a ninguno de los dos partidos tradicionales pues esto sería desfigurar la esencia de nuestra plataforma ideológica. Segundo. Anunciamos nuestro voto afirmativo a los artículos de la Reforma Constitucional que se discute porque nuestra tesis sido expuesta por el Jefe del Movimiento, General Gustavo Rojas Pinilla, en el sentido de que es necesario reducir apreciablemente el número de Congresistas, pero como esto no se ha podido lograr, la fórmula la que ha presentado el Presidente

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