Antología - Tomo V

200 años Consejo de Estado XXII VI. PROHIBICIONES Prohibiciones para miembros de la Asamblea Nacional Constituyente Se establece que a los miembros de la Asamblea Nacional Constituyente no les es aplicable el régimen de prohibiciones de los Congresistas - 19 de marzo de 1953 409 Del artículo 126 constitucional La persona que ejerce como diputado no puede resultar electa por la Asamblea para otro cargo público, incluso si renunció a tal calidad - 16 de diciembre de 1947 411 Sentencia de unificación sobre la interpretación del artículo 126 de la Constitución Política. Restricción a la competencia para elegir por conflicto de intereses “yo te elijo tú me eliges”. El ejercicio de la función electoral como vía de acceso a las Altas Cortes acorde con los principios de igualdad, moralidad e imparcialidad - 15 de julio de 2014 413 Evolución normativa y jurisprudencial del “yo te elijo tú me eliges” - 27 de octubre de 2016 417 Fallo de importancia jurídica – Se fija el alcance de la prohibición consagrada en el artículo 126 de la Constitución Política, determinando su teleología y escenarios de aplicación - 7 de septiembre de 2016 419 No se requiere adelantar convocatoria pública en los términos descritos en el artículo 126 de la Constitución para elegir Defensor del Pueblo y por no ser un requisito legal no se desvirtúa la presunción de legalidad del acto – 30 de marzo de 2017 424 VII. DERECHO AL VOTO Sufragio como expresión primaria de la democracia Función pública del derecho al sufragio – 29 de julio de 1960 426 Pérdida y suspensión de ciudadanía La decisión debe ser expresa y no se pierde como consecuencia de la simple pérdida de libertad - 11 de septiembre de 1979 432 VIII. COLECTIVIDADES POLÍTICAS A. PARTIDOS POLÍTICOS Representación Partidista en la elección de Magistrados de Tribunal La reforma constitucional de 1945 garantiza la representación partidista en los Tribunales, incluso de los movimientos minoritarios - 28 de julio de 1946 434

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