Antología - Tomo IV
592 ACCIÓN DE NULIDAD POR INCONSTITUCIONALIDAD Procede respecto al Estatuto de Bogotá al no tener competencia la Corte Constitucional para revisar los decretos expedidos con base en artículos transitorios de la Constitución Política de 1991 12 de mayo de 1995 Radicación: CE-SEC4-EXP1995N5226 …«Dispone el artículo 237 de la Constitución Política: “Son atribuciones del Consejo de Estado... “2. Conocer de la acción de nulidad por inconstitucionalidad de los decretos dictados por el Gobierno Nacional, cuya competencia no corresponda a la Corte Constitucional...” El Decreto 1421 de 1993 tiene un contenido legislativo y fue expedido por el Gobierno en ejercicio de la atribución especial conferida por el artículo 41 transitorio de la Constitución Política. Inicialmente se presentó conflicto entre esta Corporación y la Corte Constitucional al considerarse cada una competente para conocer de los procesos en los cuales se discutía la constitucionalidad del Decreto 1421 de 1993, por el cual se dicta el régimen especial para el Distrito Capital de Santa Fe de Bogotá, y el Consejo Superior de la Judicatura en ejercicio de la atribución conferida por el artículo 256 numeral 6o. de la Constitución Política, en providencia del 13 de octubre del año de 1994, radicación 2902- A, con ponencia del doctor Rómulo González Trujillo dirimió el conflicto, precisando que la competencia para avocar el conocimiento de tales procesos radicaba en esta Corporación. Enefecto analizando los artículos 241 y 237numeral 2o.de laConstitución Política, que otorgan competencia a la Corte Constitucional y al Consejo de Estado para el control constitucional precisó:
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