Antología - Tomo IV
Antología Jurisprudencias y Conceptos • 1817 - 2017 • TIV 553 En conclusión, el hecho de que se cobre por la entrada a los centros de recreación de propiedad de las Cajas de Compensación no implica que las actividades que se realizan en esas instalaciones sean objeto del impuesto de espectáculos públicos. El municipio de Palestina no demostró que en los citados recintos se presentaron espectáculos públicos por la vigencia 2008, de acuerdo con la definición que para el efecto se estableció en las normas legales analizadas. Por lo tanto, la sentencia apelada será confirmada. Respecto de que en la sentencia no se tuvieron en cuenta las exenciones previstas en la ley para el impuesto de espectáculos públicos, la Sala estima que al no encontrar el a quo, en el presente caso, prueba sobre la causación del impuesto de espectáculos público, lo relevaba de tener que referirse a las exenciones establecidas en la ley sobre este impuesto.»… Hugo Fernando Bastidas Bárcenas, Martha Teresa Briceño de Valencia, William Giraldo Giraldo, Carmen Teresa Ortiz de Rodríguez (ausente).
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