Antología - Tomo IV

Antología Jurisprudencias y Conceptos • 1817 - 2017 • TIV 469 al departamento de Antioquia, de modo que CERVUNIÓN no tiene acceso a la misma. Ahora bien, el hecho de que la información requerida por la Administración corresponda a períodos anteriores a la fecha en que se instaló el sistema infoconsumo (enero a noviembre de 1999), no indica que las tornaguías expedidas durante este lapso reposen en poder de la contribuyente. Lo anterior, porque desde el año 1997, con el Decreto Reglamentario 3071, dichos certificados deben expedirlos las autoridades departamentales, toda vez que la autorización y control de la entrada, salida y movilización de productos gravados con impuestos al consumo, es una función pública en cuanto proviene del ejercicio del poder fiscalizador del departamento frente a la determinación del tributo territorial en alusión de acuerdo con lo señalado en los artículos 185 y 199 de la Ley 223 de 1995. Y, como lo ha precisado la Sala, el transporte de los productos gravados con impuesto al consumo es una actividad inherente a la distribución de los mismos, porque distribuir implica necesariamente transportar.»… María Inés Ortiz Barbosa, Ligia López Díaz, Juan Ángel Palacio Hincapié, Héctor J. Romero Díaz.

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