Antología - Tomo II

200 años Consejo de Estado 22 vicios, la miseria, etc., son causas para prolongar y agravar una enfermedad, leve en un principio, y fácilmente curable. El Consejo de Estado no estima cumplida la condición fijada en el ordinal 3º del artículo 1º de la Ley 21 de 1904, por el hecho de que se afirme que un militar murió después de diez años de terminada la guerra, a consecuencia de un paludismo contraído en campaña.»… (…) Se trata de dos problemas de rigor científico: 1º, si el paludismo que se dice padecía el general Galindo fue contraído realmente en la campaña militar; 2º, si esa enfermedad le ocasionó la muerte en 1913. (…) Ante todo, la prueba testifical es inadecuada para esta clase de demostraciones. Es la pericial la conducente, según el sistema clásico, reconocido en el Código Judicial. (…) Quizá no sea aventurado decir que en este país la mayor parte de los individuos que han recorrido nuestras zonas deletéreas, están afectados de paludismo. Esta enfermedad admite curación mediante un régimen adecuado; pero si se desatiende, puede arrastrar a la muerte, más o menos tarde, porque reduce al sujeto a condiciones de debilidad muy propicias para que un accidente de carácter agudo lo venza seguramente. Por eso no puede aplicarse la disposición legal citada, en el sentido absurdo de cargar a la Nación todas las consecuencias que puedan sobrevenir por el mal tratamiento de una enfermedad crónica, de especie curable, cuyos gérmenes procedan de remota época.»… Próspero Márquez, Adriano Muñoz, Jesús Perilla, Luis Felipe Rosales.

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