Antología - Tomo I

17 ACTO MIXTO La notificación personal es la forma adecuada de hacer efectiva la publicidad de los actos que producen efectos individuales o particulares 12 de agosto de 1999 Radicación: CE-SEC1-EXP1999-N5500 …«[C]onviene advertir que el acto acusado, en cuanto contiene decisiones con efectos particulares y generales a la vez, resulta ser un acto administrativo mixto, según lo ha reconocido la Sala en providencias como la sentencia de 21 de marzo de 1996, proferida en el expediente número 3575, con ponencia del consejero, doctor Ernesto Rafael Ariza, y la de 18 de marzo de 1999, expediente número 5253, con ponencia del consejero, doctor Juan Alberto Polo Figueroa. También, en sentencia de 9 de mayo de 1996, expediente 3535, con ponencia del consejero, doctor Juan Alberto Polo Figueroa, la Sala estimó que este tipo de actos, en cada una de las disposiciones con efectos individuales o concretos, viene a constituir “una disposición propia de un acto condición, o dicho de otro modo, legal y reglamentario, en tanto coloca o inserta a cada uno de los inmuebles por ellos relacionados en el régimen general contenido en los mencionados decretos, del cual, por lo tanto, pueden ser excluidos en cualquier época”. En este orden de ideas, se observa que es menester adecuar, para el caso del Distrito Capital de Santa Fe de Bogotá, la posición jurisprudencial que la Sala había asumido desde la sentencia de 21 de marzo de 1996, expediente 3575, antes citada, en lo concerniente al modo de hacer efectiva la publicidad de los referidos actos administrativos, según la cual, el medio adecuado para darlos a conocer era su publicación para, en su lugar, precisar que esta forma de publicidad es adecuada pero sólo en lo relativo a las disposiciones generales o abstractas que usualmente contienen; pero que para aquellas que afectan directamente a inmuebles individualizados, como

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