Antología - Tomo I
6 B. CLASES ACTOS ACADÉMICOS Y MERAMENTE ACADÉMICOS Solo el acto académico es susceptible de control judicial por producir efectos jurídicos 16 de diciembre de 1994 Radicación: CE-SEC1-EXP1994-N2710 …«[E]xisten actos expedidos por las Instituciones de Educación Superior, sean privadas u oficiales, que por ser consecuencia del ejercicio del cumplimiento de una función administrativa -la de educación-, tienen el carácter de administrativos y por lo mismo son susceptibles de enjuiciamiento ante esta jurisdicción. Tal es el caso, por ejemplo, del acto por medio del cual una universidad se abstiene de otorgar un título universitario, o como el que se ventiló en el expediente No. 1968 que dio lugar a la sentencia de 30 de abril de 1993, proferida por esta Sección, con ponencia del Consejero doctor Libardo Rodríguez Rodríguez, por el cual una Universidad Privada negó en forma definitiva la ratificación de un grado de abogado. Sobre este aspecto precisó la Sala: “...Cuando las instituciones privadas de educación superior expiden o se abstienen de expedir un título, lo están haciendo en uso de una facultad que no es producto ni de la libertad de enseñanza ni de la autonomía... y cuyo ejercicio implica, necesariamente, el cumplimiento de una función pública”. Y no podría considerarse de otra manera ya que en el acto que resuelve sobre el otorgamiento de un título Universitario se materializa la finalidad de la función administrativa de la educación, como quiera que se ingresa a una Institución de Educación Superior precisamente con miras a
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