Antología - Tomo I

Antología Jurisprudencias y Conceptos • 1817 - 2017 • TI 423 Al efecto, debe destacarse que el artículo 3º del Decreto Ley 41 de 1994 fija los grados de organización jerárquica que existen en la Policía Nacional así: 1. OFICIALES Oficiales Generales General Mayor General Brigadier General Oficiales Superiores Coronel Teniente Coronel Mayor Oficiales Subalternos Capitán Teniente Subteniente 2. SUBOFICIALES Sargento Mayor Sargento Primero Sargento Viceprimero Sargento Segundo Cabo Primero Cabo Segundo 3. NIVEL EJECUTIVO Comisario Subcomisario Intendente Subintendente Patrullero, Carabinero, Investigador, según su especialidad Como se observa en el cuadro anterior, la Policía Nacional es una entidad con una estructura jerarquizada, en la que miembros de inferior rango están subordinados a mandos superiores. Precisamente, ello cobra sentido en la medida en que la entidad, junto con las fuerzas militares, cumple una función especial dentro del Estado, en la que desarrolla el ejercicio del monopolio de la fuerza pública, obligándose a cumplir con los más altos estándares de disciplina entre sus miembros, para garantizar que puedan ser verdaderos representantes de autoridad frente a la población civil y mantener las condiciones necesarias para el ejercicio de los derechos y de las libertades públicas de los habitantes del territorio nacional. Sin embargo, lo anterior no justifica que unos miembros de la Policía Nacional puedan usar bigote y otro no, como lo señala arbitrariamente la disposición acusada. En efecto, el artículo 4° de la Resolución 02495 de

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