Antología - Tomo I
200 años Consejo de Estado 360 De los cuadros que han quedado reseñados, la Sala colige que en efecto la unidad o identidad de precios permanece en el tiempo y varía casi simultáneamente (parte sombreada) y en el mismo sentido, lo cual se repite durante el primer semestre de 2004; y si bien es cierto que, como lo observó la Superintendencia, en el caso de PROCEARROZ LTDA ., no se presentó dicha unidad en los meses de enero a febrero 24, si lo es que de ésta última fecha en adelante sí se presentó una unidad de precios que varió siempre y casi al tiempo en forma decreciente, hasta finales del mes de junio de 2004. La diferencia de precios ( $400.oo ), como se verá adelante, corresponde a que con excepción de PROCEARROZ las demás investigadas pagan el flete. Lo anterior es corroborado por la misma sociedad PROCEARROZ LTDA ., en los cuadros que ella presenta en su recurso de apelación, así: (…) Sobre dicha igualdad de precios en tiempo y valor, las actoras y en general las investigadas citan como argumento a favor, es decir para que se considere que su conducta no fue paralela, el estudio que obra en el expediente Administrativo núm. 1057498, denominado “ Concepto de Fedesarrollo sobre la investigación de la Superintendencia por prácticas comerciales restrictivas de las cinco empresas investigadas, abril 27 de 2005 (folio 17), que la Sala resume en los siguientes términos: FEDESARROLLO al referirse a la aseveración de la SIC en el sentido de que la identidad de precios de compra de arroz paddy verde aunado al incremento en tiempos similares y en porcentajes casi iguales, permite deducir que ello no es producto del azar, y que el hecho de que el Comité de Compra de cada empresa determine el precio de compra, no explica que el precio fuera el mismo y empezara a regir el mismo día, concluye que: “ Encontrar un precio único en el mercado para la venta o para la compra de un producto no constituye, por lo tanto, evidencia de que el mercado opera bajo alguna forma de acuerdo de precios . Más aún con referencia al caso concreto que nos ocupa los mercados agrícolas son el ejemplo de texto de los mercados típicamente homogéneos. Si es cierto que la producción de arroz paddy verde en Colombia está en manos de muchos pequeños agricultores que individualmente no están en capacidad de influenciar el precio, entonces lo esperable sería que en equilibrio en ese mercado de arroz se trance a un precio único igual a su costo marginal. Lo que evidenciaría el poder de monopsonio por parte de los compradores bajo la forma de un acuerdo de colusión, sería un precio único de compra por debajo del costo marginal de producto. Es el nivel de precio del mercado y no su carácter de único versus múltiple lo que constituye una señal válida de preocupación”. (Negrilla fuera de texto)
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