Antología - Tomo I

Antología Jurisprudencias y Conceptos • 1817 - 2017 • TI 287 cuando controla las normas por violación a la Constitución Política, sólo que lo hace frente a normas diferentes, pero en relación con el control que se trata de la misma actitud de protección de la Carta Política. Como si fuera poco, en el derecho constitucional moderno, el juez constitucional, –para el caso el Consejo de Estado–, tiene la potestad de escoger los efectos en que se confiere una decisión judicial: hacia el pasado o hacia el futuro. En este caso, la Sala declarará la nulidad por inconstitucionalidad con efectos hacia el futuro , como lo establece el inciso tercero del artículo 189 del CPACA, en virtud del cual “Las sentencias de nulidad sobre los actos proferidos en virtud del numeral 2 del artículo 237 de la Constitución Política, tienen efectos hacia el futuro y de cosa juzgada. Sin embargo, el juez podrá disponer unos efectos diferentes”, norma declarada exequible por la Corte Constitucional –sentencia C-400 de 2013-, en la que se dijo: “De otra parte, se declarará la exequibilidad de los efectos concedidos a las sentencias de nulidad por inconstitucionalidad, consagrados en el inciso 3º del artículo 189 de la Ley 1437 de 2011, en la medida en que, conforme al modelo de control abstracto fijado por el constituyente, el Consejo de Estado, en la esfera estricta de su competencia residual (artículo 237-2 Constitucional), concurre con la Corte Constitucional a velar por la supremacía e integridad de la carta política, para garantizar así su inviolabilidad, en cuanto a los principios, los valores, las reglas, los deberes y los derechos allí instituidos, como cuerpo político y jurídico fundamental del Estado y de la sociedad, además de contribuir a la consolidación y eficacia del precedente judicial, en ejercicio de esa competencia y función esencial”...». María Claudia Rojas Lasso, Martha Teresa Briceño De Valencia, Gerardo Arenas Monsalve, Hugo Fernando Bastidas Bárcenas, Lucy Jeannette Bermúdez Bermúdez, Susana Buitrago Valencia, Gabriel de Vega Pinzón (Conjuez), María Elizabeth García González, Enrique Gil Botero, Gustavo Eduardo Gómez Aranguren, Carmen Teresa Ortiz de Rodríguez, Ramiro Pazos Guerrero, Bertha Lucía Ramírez de Páez, Jorge Octavio Ramírez Ramírez, Danilo Rojas Betancourth, Jaime Orlando Santofimio Gamboa, Ana Lucía Uribe López (Conjuez), Olga Valle de De La Hoz, Guillermo Vargas Ayala, Alfonso Vargas Rincón, Marco Antonio Velilla Moreno, Luis Rafael Vergara Quintero, Alberto Yepes Barreiro, Carlos Alberto Zambrano Barrera.

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