Antología - Tomo I
200 años Consejo de Estado 162 encontraron antecedentes de la Resolución No. 2413 de 17 de junio de 1993”, contraviniendo la disposiciones vigentes al momento de su expedición. Finalmente, la Sala considera que el acto acusado fue proferido atendiendo un interés particular, como lo era el de la Reforestadora Puente Chicó Ltda., la cual solicitó la sustracción del área de reserva forestal por supuestos “intentos de invasión en reiteradas oportunidades”, desconociendo lo establecido en el artículo 210 del Decreto 2811 de 1974 (Código de Recursos Naturales Renovables y de Protección del Medio Ambiente), que establece como requisito para poder sustraer parte de las áreas de reserva forestal, las “razones de utilidad pública e interés social”. Fuerza es, entonces, declarar la nulidad de la Resolución 2413 de 17 de junio de 1993, por las razones expuestas...». Rafael E. Ostau De Lafont Pianeta, María Claudia Rojas Lasso, Marco Antonio Velilla Moreno.
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