Antología - Tomo I

Antología Jurisprudencias y Conceptos • 1817 - 2017 • TI 131 pues se presume que quien adquiere un bien de procedencia extranjera en el comercio nacional, lo hace pensando que fue legalmente importado, sobre todo atendiendo la calidad y condiciones del vendedor, circunstancias que deben permitir identificarlo plenamente en el ámbito del comercio para efectos del cumplimiento de sus obligaciones aduaneras como importador. En el caso concreto que se examina, la actora aportó un gran número de facturas debidamente expedidas, las cuales una vez examinadas, en principio, se advierte que corresponden a los elementos decomisados, pues si bien es cierto que en la mayoría de ellas se describe de manera genérica la mercancía, como por ejemplo, “1 computador Compaq Presario 4/25”, “1 computador Dell 450”, “1 computador clone”, “1 impresora Okidata”, “5 computadores CLONE SIN MARCA PENTIUM”, “CÁMARA COLOR, MONTURA DE PARED, REFERENCIA RT30CA”, etc., también lo es que el artículo 617 del Estatuto Tributario señala que las facturas de venta, para efectos tributarios, deben contener los siguientes requisitos: a) Estar denominada expresamente como factura de venta; b) Apellidos y nombre o razón y NIT del vendedor o de quien presta el servicio; c) apellidos y nombre o razón social y NIT del adquirente de los bienes o servicios, junto con la discriminación del IVA pagado; d) Llevar un número que corresponda a un sistema de numeración consecutiva de facturas de venta; e) Fecha de su expedición; f) Descripción específica o genérica de los artículos vendidos o servicios prestados; g) Valor total de la operación; h) El nombre o razón social y el NIT del impresor de la factura, e i) Indicar la calidad de retenedor del impuesto sobre las ventas. Respecto de la descripción detallada de la mercancía, indicando la marca, referencia, serie, modelo, etc., la Sala considera que le asiste razón a la actora en cuanto a que tal descripción es propia de las declaraciones de importación, si se tiene en cuenta que el objeto de la descripción de la mercancía es determinar su individualización en la forma más precisa posible con el fin de asegurar la diferenciación de cada una de las unidades que la componen, tanto entre las importadas en una misma operación como respecto de las demás operaciones, y evitar así que con una misma declaración de importación se amparen mercancías de la misma clase adicionales a las legalmente importadas. Al haberle aportado la actora a la DIAN las facturas de compra de la mercancía a ella aprehendida y posteriormente decomisada, aquella debió dirigirse a quienes expidieron dichas facturas con el fin de exigirles la presentación de las respectivas declaraciones de importación, pues es

RkJQdWJsaXNoZXIy NzAxMjQz