Antología - Tomo I

78 VÍA GUBERNATIVA Es procedente alegar en el proceso judicial causales de nulidad nuevas, no planteadas inicialmente en sede administrativa 11 de diciembre de 2006 Radicación: 25000-23-15-000-2001-00413-01 …«En primer lugar en relación con el agotamiento de la vía gubernativa, la Sala reitera la jurisprudencia expresada en diferentes sentencias en cuanto ha considerado que es procedente alegar causales de nulidad nuevas, no planteadas inicialmente en sede administrativa, porque si lo que la ley pretendiera al acudir ante la jurisdicción contenciosa fuera la reproducción de los argumentos expuestos en la vía gubernativa exigiría copia de los recursos interpuestos en lugar de exigir la demanda con los requisitos del C.C.A., por lo tanto la Sala se referirá a todos los cargos esgrimidos por el actor. Lo antes dicho porque unos son las causales de revocabilidad de un acto administrativo y otras las de anulación, en donde estas últimas pueden ser propuestas ante esta jurisdicción contenciosa...». Gabriel Eduardo Mendoza Martelo, Camilo Arciniegas Andrade, Rafael E. Ostau De Lafont Pianeta, Martha Sofía Sanz Tobón.

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