Antología - Tomo I
55 TEORÍA DE LA CONVALIDACIÓN DEL ACTO IRREGULAR Un acto inválido puede ser regularizado por otro acto administrativo posterior 6 de junio de 1991 Radicación: CE-SEC1-EXP1991-N1244 …«A dos aspectos o cargos debe centrarse la atención de la Sala en orden a desatar la apelación. Uno dice relación a la competencia del Director Ejecutivo de la Corporación Autónoma Regional del Cauca - C.V.C. - para haber proferido la Resolución No. D. E. 3729 del 18 de octubre de 1982. El otro, a si dicho acto quebrantó o no el Acuerdo No. 14 del 23 de noviembre de 1976, dictado por el Consejo Directivo de la misma entidad. En cuanto al primero, la preceptiva del Parágrafo del artículo 19o. del Acuerdo pretranscrito, concordante con el 23o. ibídem, que es del siguiente tenor: “Si en razón de la instalación de nuevas industrias o crecimientos poblacionales o industriales imprevistos, llegaren a producirse situaciones que el Consejo Directivo de la CVC considera inaceptables, las exigencias de este Reglamento podrán ser modificadas.A tal efecto, la División de Aguas de la CVC dará un aviso a las entidades públicas o privadas interesadas, con antelación a la fecha de vigencia dentro de un plazo razonable, de acuerdo a (sic) las obras necesarias”. No deja dudas sobre que es el consejo Directivo de la CVC el órgano competente para modificar los parámetros establecidos en el mismo Acuerdo, contrariamente a lo que sostiene el Tribunal al afirmar que no habiéndose señalado en el Acuerdo la persona que debe aplicar la norma, le correspondía hacerlo a su representante legal, que fue, dice, lo que ocurrió al proferirse por el Director Ejecutivo la resolución atacada, apreciación ésta, estima la Sala, por demás errónea, pues no se trata propiamente de la
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