Antología - Tomo I

42 ILEGALIDAD SOBREVINIENTE Solo procede el examen de legalidad del acto frente a normas vigentes al momento de su expedición 20 de mayo de 2004 Radicación: 25000-23-24-000-2000-00680-01 …«Insiste la actora en que los actos acusados violan la Ley 610 de 2000, es decir, que están afectados de ilegalidad sobreviniente. Sobre el particular, la jurisprudencia de esta Corporación ha reiterado que la legalidad de un acto debe estudiarse, de conformidad con lo previsto en el artículo 84 del C.C.A., a la luz de las normas en que debió fundarse y, por ello, no es posible que su confrontación se haga frente a normas legales posteriores, cuya consecuencia, de ser en efecto desconocidas, sería la derogatoria del acto más no su nulidad. No ha aceptado entonces esta Corporación declarar la nulidad de un acto por ilegalidad sobreviniente, como sí lo ha aceptado frente al fenómeno de la inconstitucionalidad sobreviniente pues, por mandato del canon constitucional 4º de la Constitución Política, en caso de incompatibilidad entre la Constitución y la ley o cualquiera otra norma jurídica se aplicarán las normas constitucionales...». Camilo Arciniegas Andrade, Gabriel Eduardo Mendoza Martelo, Olga Inés Navarrete Barrero, Rafael Enrique Ostau de Lafont Pianeta.

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