234615 - Criterios de Equidad

Criterios de equidad para una administración de justicia con perspectiva de género 70 • Resolución 1888 Objeto General “Mujers, Paz y Seguridd Reafirma empeño en que se sigan aplicando cabalmente resoluciones 1325 (2000), 1612 (2005), 1674 (2006), 1820 (2008) y 1882 (2009) y todas las declaraciones pertinentes, Acoge el informe del Secretario General de 16 de julio de 2009 (S/2009/362), y expresa preocupación por la falta de pro- greso en lo que respecta a la cuestión de la violencia sexual en situaciones de conflicto armado, en particular contra las mujeres y los niños, y especialmente contra las niñas, y observa, como, la violencia sexual ocurre en conflictos armados de todo el mundo”. Definiciones “Reafirma que la violencia sexual, cuando se utiliza o se hace utilizar como táctica de guerra dirigida deliberadamente contra civiles o como parte de un ataque gene- ralizado o sistemático contra la población civil, puede agudizar significativamente las situaciones de conflicto armado y constituir en algunos casos un impedimento para el restablecimiento de la paz y la seguridad internacionales”. Responsabilidad del Estado “la adopción de medidas eficaces para prevenir los actos de violencia sexual y res- ponder a ellos puede contribuir considerablemente al mantenimiento de la paz y la seguridad. Reitera su exigencia de que todas las partes en conflictos armados pongan fin por completo a todos los actos de violencia sexual con efecto inmedia- to”. Marco conceptual Sobre la participación de la mujer y urge a los Estados miembros, al os Órganos de la ONU, a los donantes y a la sociedad civil a garantizar la protección de las mujeres. Se ocupa de situaciones posteriores a un conflicto en lo relativo a la plani- ficación y financiamiento. Insta a los que estén involucrados en la planificación de programas de desarme, desmovilización e integración, a que presten mayor aten- ción a las necesidades de las mujeres y las niñas asociadas con grupos armados, así como a sus hijos. El Consejo de Seguridad de Naciones Unidas –SNU- también solicita al Secretario general presentar un informe dentro de 12 meses, enfocado en las mujeres en situaciones de posconflicto, y que asegure la cooperación entre el representante especial del Secretario General de infancia y Conflicto Armado, y el representante especial sobre Violencia Sexual en conflicto armado. Vigencia para Colombia Consejo de Seguridad de Naciones Unidas. 2009

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