234615 - Criterios de Equidad
Criterios de equidad para una administración de justicia con perspectiva de género 49 2002 Ley 765 Aprueba el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de los niños en la pornografía, adoptado en Nueva York, el 25 de mayo de 2000. Ley 731 Por la cual se dictan normas para favorecer a las mujeres rurales. Ley 750 Por medio de la cual se aprueba el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional. Ley 755 Por la cual se expiden normas sobre apoyo de manera especial, en materia de prisión do- miciliaria y trabajo comunitario a la mujer cabeza de familia”. Ley 747 Por medio de la cual se reforma la ley 599 de 2000 (Código Penal) respecto del delito de Trata y Tráfico de Personas: se amplía el tipo penal y se aumentan las penas. Ley 742 Por la cual se modifica el parágrafo del artículo 236 del Código Sustantivo del Trabajo – Ley María. Concede al compañero permanente o al esposo licencia de paternidad. Ley 732 Por medio de la cual se dictan medidas para aumentar las penas de los delitos de secues- tro, terrorismo y extorsión; y su agravación punitiva cuando las conductas se cometan contra: Persona discapacitada, menor de 18 años, mayor de 65 años o mujer embarazada. Si se somete a la víctima a tortura física, moral o a violencia sexual. Ley 790 Por la cual se expiden disposiciones para adelantar el programa de renovación de la ad- ministración pública y se otorgan unas facultades extraordinarias al Presidente de la República Artículo 12. Protección especial. De conformidad con la reglamentación que establezca el Gobierno Nacional, no podrán ser retirados del servicio en el desarrollo del Programa de Renovación de la Administración Pública las madres cabeza de familia sin alternativa económica, las personas con limitación física, mental, visual o auditiva, y los servidores que cumplan con la totalidad de los requisitos, edad y tiempo de servicio, para disfrutar de su pensión de jubilación o de vejez en el término de tres (3) años contados a partir de la promulgación de la presente ley.
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy NzAxMjQz