234615 - Criterios de Equidad
Criterios de equidad para una administración de justicia con perspectiva de género 34 normativa y jurisprudencia nacional e internacional y al derecho comparado. A partir de esto, es importante usar las líneas jurisprudenciales en las Cortes; en esta aplicación debe tenerse en cuenta el precedente judicial, es decir la misma consideración jurídica sobre la misma situación de estudio realizada desde las Cortes, que han de orien- tar el alcance de la norma en la definición del derecho (T1003-07, T157-02). En este punto, los y las operadores/as judiciales deben tener en cuenta que la interrupción voluntaria del embarazo –IVE- en aquellas circunstancias permitidas, es de aplicación inmediata, sin que se requiera reglamentación alguna o requisitos adicionales para concretizarla f . e. “ ARTICULO 93. Los tratados y convenios internacionales ratificados por el Congreso, que reconocen los derechos humanos y que prohíben su limitación en los estados de excepción, prevalecen en el orden interno. Los derechos y deberes consagrados en esta Carta, se interpretarán de conformidad con los tratados internacionales sobre derechos humanos ratificados por Colombia”. f. Corte Constitucional Colombiana. Sentencia C-355 de 2006. Magistrados Ponentes: Dra. Clara Inés Vargas y Dr. Jaime Araujo. La Alta Corporación estableció que la interrupción voluntaria del embarazo en Colombia es permitida en tres circunstancias específicas: embarazo producto de violación sexual o incesto; peligro para la vida o salud de la mujer y malformación genética del feto.
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