Libro

justicia políticos mayoritarios. para establecer un organismo imparcial. no clientelista, inde– pendiente, que investigue a los partidos y movimientos sin vicios ni favoritismos. Lo que propone el ente judicial es una Comi– sión de Vigilancia Electoral, con un sistema de elección por méritos, con periodos de seis años para independizar su integración, de la elección del Congreso. Pero, a los puntos favorables de la reforma, hay que también resaltarle algunos aspectos negativos, como el desgastarse en asuntos que no requieren tratamiento extraordina– rio constitucional sino meras disposiciones reglamentarias, tales como la forma en que se reparten las competencias en materia de tutela en las altas Corporaciones Judiciales. asuntos que actualmente son regulados vía reglamento interno y sin ninguna dificultad; el proyecto propone que cuando se inter– ponga una tutela contra una decisión del Consejo de Estado o de la Corte Suprema, la demanda deba ser conocida por la Cor– poración en pleno, medida completamente impracticable, pues si se presentan dificulta– des, en el momento actual, para discutir un proyecto de decisión en la Sala respectiva. esta dificultad se incrementaría si se exige que ahora sea la Sala Plena quien deba pro– nunciarse. Debe mantenerse el modelo ac– tual, donde cada Corporación determina el reparto de las tutelas, máxime cuando debe procurarse su total independencia y su po– testad de autorregularse. Igualmente. convertir una Corte. que es úni– ca y superior, máximo ente de la jurisdicción ordinaria, en un cuerpo en el cual algunos magistrados son superiores funcionales de otros, como segunda instancia en los juicios contra aforados, parece una medida que resquebraja la imagen de esa superioridad judicial y de órgano compacto que consti– tucionalmente rodea a la institución de la Corte Suprema de Justicia. Sin embargo, no deberá dejarse en el limbo la doble instancia para los congresistas. condicionamiento que tiene asidero en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos. De bulto se evidencia, que solo medidas como estas podrán erradicar significativa– mente la mora y no solo manteniendo por un tiempo más los despachos de desconges- 20 1 Revista J udicial Diciemb,e 2011 tión como lo planteó en alguna oportunidad el Consejo de Estado por medio de su repre– sentante. En este orden de ideas, el Congreso tiene la legitimidad institucional y sustancial para discutir este protagónico proyecto y enri– quecerlo en el debate democrático, donde los aspectos que se han resaltado deberían merecer especial atención, sobre todo para resolver los verdaderos problemas de la jus– ticia, en la percepción y en la acción. corno su acceso, la solución pronta de las contro– versias, la efectividad de las decisiones, las garantias judiciales y por supuesto un mayor presupuesto para cumplir tales propósitos; ahora bien, la reforma deberá ir acompaña– da con otros proyectos de ley tales como el código Único de Procedimiento, para que su alcance sea lo que esperamos. Hace falta. además, un esqueleto rígido que soporte el peso de la justicia, debe ser un compendio de nuevas instituciones, medidas de desean- gestión, ampliación y mejoramiento de re– cursos físicos y humanos, nombramiento de nuevos jueces permanentes, simplificación de procedimientos, ampliación de la oferta judicial. implantación de la oralidad. No po– demos pretender que la reforma marche y logre su objetivo sin operar otros ejes que tienen la misma finalidad, la eficacia y efi– ciencia en la impartición de justicia. Lo importante es que entendamos que no deberá ser una reforma de turno, muy se– guro no habremos terminado de ponerla en marcha cuando habrá otra administración central, debe ser un conjunto de cambios que converjan en el bienestar de los colombianos, para que estos puedan recurrir masivamen– te y encontrar soluciones justas en tiempos prudentes, que los procesos judiciales no ter– minen convirtiéndose en lastres de una vida entera, donde ejercitar un derecho sea un karma, pues no debe olvidarse que sin justicia no puede predicarse la Democracia. • ¡).

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