Libro

Ref arma a la justicia El primer paso de la reforma a la justicia ¿Avance o retroceso? El Senado de la República aprobó reciente– mente el primer debate al Proyecto de Acto Legislativo Nº07 de 2011 - Senado, acumu– lado con los proyectos números 09, 11, 12 y 13, todos de 2011 - Senado, con los que se pretenden introducir modificaciones a la Carta Política en relación con la Administra– ción de Justicia. Y aunque ya en esta misma revista hemos dejado algunas ideas relacio– nadas con el tema•, hoy conviene analízar algunos aspectos de la ponencia para primer debate, donde se empiezan a perfilar cam– bios fundamentales en el Consejo Superior de la Judicatura, tanto en su Sala Jurisdic– cional Disciplinaria como en su Sala Admi– nistrativa. Ya habrá Oportunidad de hablar de los otros temas, no menos importantes ni menos trascendentales que este, pero que por razones de espacio, de tiempo y hasta de método, no podemos abordar ahora. Empecemos por el asunto de la eliminación de la Sala Administrativa del Consejo Supe– rior de la Judicatura: La ponencia en refe– rencia, aunque mantiene la institución del Consejo Superior de la Judicatura, de la que sigue haciendo parte la Sala Disciplinaria, cambia la actual Sala Administrativa por una Sala de Gobierno, que estarla integrada por los presidentes de las actuales altas Cortes, por un delegado de la Corte Constitucional, uno de la Corte Suprema de Justicia, uno del Consejo de Estado, uno de la Sala Discipli– naria del Consejo Superior de la Judicatura y un delegado escogido por los magistrados y 1 Véanse mis art,culos 'El Conse10 Super,or de la Judt<:arura como órgano const,tucional en el Es1ado de derecho moderno", en Rev15til Jud1c1al, Nº 16. Bogotá. sepuembre de 2010, pp. 28-30, y "El Control D1sc1phnano de los Ser..idores Jud1c,ales ¿ Por qué runsd,caooaf y e¡e,c1do por un cuerpo 1ud1c1al independiente?". en Revista Jud1C1i1I. Nº 19, Bogotá. Jumo de 2011. pp 7.9 jueces, en la forma que lo determine la ley; con participación, además, con voz pero sin voto, del Fiscal General de la Nación, del Mi– nistro de Justicia y del Derecho y del Direc– tor Ejecutivo de la Rama Judicial. Se concibe esta Sala de Gobierno como un órgano de formulación de políticas, planificación, regu– lación y control de las mismas. Pues bien, en cuanto concierne a la compo– sición, se pasarla de una Sala de seis magis– trados (que actualmente son elegidos, uno por la Corte Constitucional, dos por la Corte Suprema de Justicia y tres por el Consejo de Estado), a una cuasi asamblea de nueve miembros y tres invitados permanentes. De tal manera que, en términos de participación en esa Sala de Gobierno, simplemente se su– prime una plaza de las actuales, para darle paso al representante de los magistrados y jueces, pues las altas Cortes seguirán tenien– do su participación, no solo a través de quie– nes son designados por ellos, sino también mediante la directa participación de sus Pre– sidentes, incluido el de la Sala Disciplinaría. Está por verse si un mayor número de in– tegrantes de la Sala de Gobierno será sufi– ciente para garantizar mayores índices de eficiencia y eficacia en la gerencia del Poder Judicial, y si la intervención como invitados, con voz pero sin voto, genera o no alguna fisura en el principio de autonomía judicial. Lo que sí parece apenas lógico, es que la participación en esa Sala de Gobierno de los presidentes de las altas Cortes, con la posibi– lidad de que - para garantizar que ese nuevo rol de administradores que deberán asumir los jueces de más elevado nivel en nuestra estructura judicial- sean relevados de cier– tas funciones jurisdiccionales, tendría sus repercusiones en la congestión judicial de las altas Cortes. También habrá que esperar ► Di,iemb,e 2011 Revista Judicial ¡ 1 s

RkJQdWJsaXNoZXIy NzAxMjQz