Revista Judicial 5

la tradición del proceso escrito ha gravi- tado tanto sobre nuestras normas adje- tivas de orden laboral que, como seña- laba inicialmente, la pregonada oralidad ha cedido su lugar a tediosos dictados que le confieren al trámite de esas litis una pesadez a veces insufrible. Para que la nueva normativa, recogida en los proyectos mencionados (pen- diente de sanción presidencial) no se convierta en letra muerta y sin eficacia alguna, se tuvo – a mi juicio – el buen cuidado de identificar los factores que han impedido que tal directriz se hu- biese hecho efectiva en nuestro medio. Todo indica que se acudió a las expe- riencias de otros estados y al éxito que la jurisdicción penal ha acumulado en su empeño de implementar en este país el sistema acusatorio, que tan útil ha re- sultado en otras latitudes. No obstante ello, con lo cual comulgo plenamente, pienso que para que opere de manera efectiva el aludido principio es necesario crear una verdadera cultura de la oralidad, porque lo cierto es que si los jueces laborales nos hubiéramos propuesto aplicarlo, aun bajo la norma- tiva actual que se reforma, tendríamos en la práctica el proceso oral que hoy todos añoramos. Exhorto por ello a la Sala Administrativa del Consejo Supe- rior de la Judicatura para que propicie los medios y espacios necesarios a fin de lograr el aludido cometido; a los jueces laborales y abogados interesados a que lo hagan operante aportando toda su entrega intelectual y esfuerzo, pues la patria exige que, con la mayor prontitud se le dé respuesta al grave problema de la congestión y demora de los procesos laborales. Julio 2007 R evista J udicial 9 “ Es necesario crear una verdadera cultura de la oralidad, porque lo cierto es que si los jueces laborales nos hubiéramos propuesto aplicarlo, aun bajo la normativa actual que se reforma, tendríamos en la práctica el proceso oral que hoy todos añoramos. ” Cortesia: Germán Gómez R. CSJ

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