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Algunas breves reflexiones sobre La adopción internacional Nubia Esperanza Sabogal Barón Magistrada Auxiliar Sala de Casación Civil Corte Suprema de Justicia ' ' Esa necesidad de dar un hogar al menor desamparado puede suplirse con la adopción, institución mediante la cual pasa a ser miembro de una familia, en la que los padres se encargarán de amarlo, cuidarlo, educarlo y, en fin, de proveerlo de cuanto requiera para su cabal formación. ,, 34 Revista Judicial ldarto 2009 E n el trasegar de mi vida profesional me he percatado de la magnitud y tras• cendencia de la problemática de la niñez. gestada, en la mayoría de los casos, en la carencia de una familia por múltiples moti• vos, en los que no es del caso ahondar. Esa realidad, a la vez, me ha llevado a compren– der la importancia de que un niño crezca en el seno de una familia que le brinde las condiciones adecuadas para el desarrollo armónico e integral de sus derechos, las que sin duda repercutirán en la formación de un ser humano emocionalmente esta· ble, reduciéndose las posibilidades de que presente dificultades de comportamiento. Y esa necesidad de dar un hogar al menor desamparado puede suplirse con la adop– ción, institución mediante la cual pasa a ser miembro de una familia. en la que los padres se encargarán de amarlo, cuidarlo, educarlo y, en fin, de proveerlo de cuanto requiera para su cabal formación. Por esas razones me interesó el tema de la adopción, en especial lo concerniente con la de carácter internacional, que es a la que con mayor frecuencia se acude, y respecto de la cual han surgido inquietudes con re• !ación al reconocimiento de sus efectos en los Estados parte del Convenio Relativo a la Protección del Niño y a la Cooperación en Materia de Adopción Internacional, aspec– to sobre el que esbozaré algunas reflexio– nes que. valga dejar en claro, son de índole personal y con fines académicos. La adopción, como acto jurídico que es, crea entre adoptante y adoptado un vincu• lo de parentesco civil en el que se originan relaciones análogas a las desgajadas de la filiación legitima y extramatrimonial; por tanto. resulta patente que busca incorpo– rar al adoptado a una familia, en idénticas condiciones a las del hijo biológico. con el propósito de lograr su desarrollo integral. Esa figura inicialmente fue concebida para satisfacer el querer, legítimo y humano, de ser padre; empero, la orientación moderna, que la caracteriza en la actualidad, como lo muestra la anterior def inición, la con– sidera como el sistema de protección por excelencia para el menor carente de familia propia, en cuanto ha sido instituida primor– dialmente en beneficio de los menores, a fin de garantizarles, entre otros, el derecho fundamental a crecer en una familia, en cuyo seno pueda completar su proceso de preparación para la adultez. De esa manera, la adopción cumple una función social importantísima al dar padres a aquellos párvulos que se encuentran en estado de desamparo; de suerte pues que no solo contribuye a aminorar la población infantil abandonada por sus progenitores o por la pérdida de estos, sino también a pre– venir los problemas socioeconómicos que tal situación apareja, entre ellos el aumento de la posibilidad de que los niños inmersos en el desamparo sean actores o víctimas de
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