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Rama Judicial Evolución de la labor de auditoría y de control interno Hárold !guarán Ballesteros Auditor de la Rama Judicial ' ' El instituto del control interno ha procurado generar entre los servidores judiciales una cultura de autoevaluación y excelencia en el servicio, y ha buscado fortalecer la labor de auditoría con calidad total, gestión encomendada a la Unidad de Auditoría del Consejo Superior de la Judicatura. ~~ 26 Revista Judicial j M0t10 2009 U n poco antes del año 1991, la labor de Control Interno y Auditoría en la Rama Judicial estaba contraída a la existencia de una Oficina de Control Interno y de Ges– tión, únicamente del nivel central, depen– diente de la Dirección Nacional de Adminis– tración Judicial, la cual realizaba labores de revisión previa (control previo) de todos los asuntos administrativos gerenciales dirigi– dos a la atención logística de los despachos judiciales de la Rama Judicial, labor ejer– cida en forma paralela con el e¡erocio del Control Fiscal Previo ejercido por la Contra– loría General de la República, a través de sus Oficinas de Auditoría delegadas en las dependencias administrativas auditadas. Experiencia en materia de control fiscal de efectos nocivos en el ámbito de una malsa– na cohabitación entre el bloque auditado y el ente auditor. Con la expedición de la Constitución Políti– ca de 1991 se crea el Consejo Superior de la Judicatura, en cuya Sala Administrativa se centra la principal expresión institucio– nal del gobierno autónomo de la Rama Judicial, órgano que ha cumplido la misión constitucional de dotar a la Rama Judicial de autonomía presupuesta!, financiera y de manejo administrativo, en la búsqueda de lograr una efectiva ejecución de los precep– tos rectores de una administración moder– na y transparente en todas las actuaciones de sus servidores. Cabe resaltar dentro de los aspectos lega– les y reglamentarios, la vigencia en la Ley Estatutaria de Administración de Justicia, en esta especialidad de control, del artícu– lo 105, que precisa como uno de los pos– tulados rectores de la gestión del control que para la realización de los principios que gobiernan la Administración de Jus– ticia, el Consejo Superior de la Judicatura implantará, mantendrá y perfeccionará un adecuado control interno, integrado por el esquema de organización y el conjunto de los planes. métodos, principios, normas, procedimientos y mecanismos de verifica– ción y evaluación; por un sistema de pre– vención de riesgos y aprovechamiento de oportunidades, procesos de información y comunicacíón, procedimientos de control y mecanismos de supervisión, que operen en forma eficaz y continua en todos los niveles que conforman la Rama Judicial. Lo anterior, en procura de que todas las actividades, así como la administración de la información y los recursos, se realicen de acuerdo con las normas constitucionales y legales vigentes, dentro de las políticas tra– zadas por la Dirección y en atención a las metas u objetivos previstos. tal y como lo pregona la Ley 87 de 1993, norma que, en– tre otras disposiciones, establece que "para la verificación y evaluación permanente del sistema de control interno. las entidades estatales designarán como asesor coor– dinador, auditor interno o cargo similar, a un funcionario público que será adscrito al nivel jerárquico superior y designado en los términos de la presente Ley"; en consonan– cia con lo anterior y en el evento específico

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