libro
En el lanzamiento de las publicaciones sobre la incorporación de la perspectiva de género en la Rama Judicial colombiana, asistieron los doctores y doctoras: Francisco Escobar Henriquez, Elsy del Pilar Cuello López, Luis Fernando Alvarez J., Ruth Estela Correa Palacio, María Mercedes lópez Mora, Lucía Arbelaez de Tobón, Hernando Torres Corredor. Esmeralda Ruíz González y Flor María Díaz. to de una notable conferencia jurídica die· tada en el marco de la Comisión Nacional de Género de la Rama Judicial por el ma– gistrado de la Corte Constitucional doctor Humberto Sierra Porto, cuyas calidades de jurista y conocimiento del tema, sin duda, contribuyen a profundizar el aceNo Jurídico de aquellos que estamos dedicados a la ad· ministración de justicia. Las tesis esbozadas en tan destacado documento deben seNir como base y guia para la construcción de planes y programas de acción que extirpen definitivamente de nuestro lenguaje cual– quier vestigio de discriminación por moti– vos de sexo. Contríbuciones al Derecho como la que se hace con el aporte intelectual del Magis– trado Sierra Porto, de liderazgo de la Co– misión de Género de la Rama Judicial y de la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura y con el apoyo técnico y ' ' En el VI Encuentro de Magistradas de Altas Cortes, el que se ha erigido en el foro de referencia y acción para introducir la perspectiva de género en la producción y elaboración del Derecho a la Igualdad y a la no Discriminación en Colombia ,, duda facilitarán la implementación de la equidad de género en los diferentes distritos judiciales del país y contribuirán a la construcción de una sociedad cada vez mc'.ls igualitaria y no discriminadora. Propó– sito fundamental en el que estamos em– peñados al procurar. a través del pronun• ciamiento de las sentencias judiciales, la igualdad de la mujer y la no discriminación y, en últimas, el cumplimiento de los fines ''Por una justicia que garantice el derecho a la igualdad'' financiero del Fondo de Población de las del Estado social de derecho consagrado en Naciones Unidas (UNFPA) y de EMDG. sin la Constitución Política de 1991. (fi; Mar,o 20101Revista Judicial ¡ sa
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