libro
los abogados consultan expedientes en los diferentes despachos judiciales. total intransigencia, por cuanto en muchas oportunidades la actuación de los aboga– dos apoderados se limita a interferir la tra– mitación legal del proceso, hecho que ori– gina graves perjuicios a una de las partes, desvirtúa el principio de una justicia eficaz, eficiente, pronta y cumplida, pilares de un Estado social de derecho. Un llamado cordial a los centenares de co– legas para que eviten asumir posiciones que solo buscan dilatar el proceso en el tiempo, con memoriales infundados, formulando pretensiones o alegando defensas destitui– das de todo fundamento; dejando de lado la misión de ser los promotores de 1a con– ciliación, la transacción y el arbitramiento como mecanismos de descongestión judi· cial, destacándose el beneficio resultante para demandante, demandado y el Estado. contribuyendo a una mejor efectividad en la administración de justicia, haciendo menos gravoso el conflicto de intereses, por cuanto acerca a las partes y origina una "catarsis" más completa que el litigio. No debe olvidarse que litigar sin razón vale– dera es concepto equivalente a temeridad, y es preciso convenir que el proceso no debe ser utilizado como medio para eludir la finalidad económica social de tutela a los intereses legítimos que se ventilan en los estrados judiciales. De todo lo anterior se debe destacar la lucha del grupo de profesionales del de– recho que siguen cumpliendo sus debe– res sociales y profesionales, antes que su interés particular, para conseguir los fines de la democracia y el Estado social de de– recho, sacrificando no pocas veces su pro– pia tranquilidad en el logro de la misión de defender en justicia los derechos de la co– munidad, sea mediante el asesoramiento y la asistencia en el desenvolvimiento de las relaciones particulares, o en el ejercicio del litigio profesional. Ha llegado el momento de las soluciones y propuestas estatales e institucionales, en lo que a cada uno les corresponde, presu– puesta! y de racionalización judicial, para que los usuarios de la justicia no tengan que esperar pacientemente cinco o más años para obtener una decisión judicial, por demás tardia e injusta. En lo concerniente a la responsabilidad del Estado, se da cuando a través del Ministerio correspondiente instruyen erróneamente a las entidades de seguridad social encarga– das del reconocimiento pensiona!, para que las liquidaciones de las pensiones de ciertos sectores, y en especial la del sector justicia, se efectúen contrariando la nor– matividad vigente y jurisprudencias claras, abundantes y vivificantes sobre la materia, lo que conlleva a una invasión de tutelas y el congestionamiento de los despachos judiciales en la búsqueda de una decisión favorable a los intereses vulnerados, se pos– pone el reconocimiento de unos derechos, los cuales tienen unos parámetros de acep– tación clarísimos, y deben ser liquidados con intereses e indexaciones que represen– ta un 25 por ciento de la congestión de la jurisdicción laboral. Por último, conviene recordar a Kafka al tratar el terna de la justicia, cuando expresa que "La dilación indefinida en el trámite y en su decisión convierte al proceso en un laberinto que lo hace interminable, consa– gra el desconocimiento del derecho y pa– tentiza la denegación de justicia.".@ M•120 201O j Revista Judicial J 49
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