libro

La cuota de responsabilidad del abogado litigante en la congestión y atraso judicial José Ferney Paz Quintero Magistrado Auxiliar de la Sala Administrativa Consejo Superior de la Judicatura ,, Es indudable que el interrogante que más perturba y conmociona la conciencia del ciudadano consiste en que las decisiones judiciales en Colombia son dilatadas en el tiempo, factor que a juicio del más profano en derecho enturbia el panorama de la justicia, genera inestabilidad y desconfianza en las instituciones ~~ E s indudable que el interrogante que más perturba y conmociona la concien– cia del ciudadano consiste en que las deci• siones judiciales en Colombia son dilatadas en el tiempo, factor que a juicio del más profano en derecho enturbia el panorama de la justicia, genera inestabilidad y descon– fianza en las instituciones. Se ha sostenido por la jurisprudencia y doctrinantes que el defectuoso funciona- Cabría preguntarse: ¿No será que el pro– ceso está impregnado de desconfianza de las partes entre sí y hacia el funcionario ju– dicial? ¿ Qué necesidad se tiene de probar lo que ya esta probado? ¿por qué llenar el proceso de fórmulas, solemnidades, ratifi– caciones, requerimientos, convirtiendo la justicia en lenta y dispendiosa? ¿Acaso no se podrían eliminar etapas procedimentales sin afectar el debido proceso? miento de la administración de justicia se El Juez, con honrosas excepciones, también presenta inexorablemente por violación del debido proceso, por las nulidades procesales imputables al despacho y por incurre en la responsabilidad en el atraso judicial, por cuanto no ejerce el debido control del proceso, como director que lo el incumplimiento de los términos eleva- es, no lee ni conoce oportunamente los dos a rango constitucional y legal, sien• do de obligatorio cumplimiento para los funcionarios judiciales y su inobservancia constituye causal de mala conducta y debe dar lugar a las sanciones disciplinarías. A lo anterior se le agregaría la ley, el juez, el abogado litigante y el mismo Estado. Si de la ley se trata, no es un secreto la serie de recursos, incidentes, términos, excep– ciones, notificaciones, traslados, fijación en lista que se presentan en el proceso escrito, lo que evidencia las ventajas del procedi– miento oral, el cual debe entrar a regir en la estructura procedimental colombiana en el menor tiempo posible, por cuanto existen leyes desactualizadas, que no responden a la realidad social, que constituyen fuente importante de responsabilidad en la inefi– ciencia de la rama judicial. memoriales que se presentan y permite que sobre ellos actúe personal subalterno del juzgado; no se apersona del debate pro• batorio y sólo los conoce en el momento de emitir el fallo, en su mayoría demasiado extensos y llenos de citas jurisprudenciales, desbordando en ocasiones los términos le– gales o reviviéndolos, lo que constituye una de las faltas disciplinarias de mayor grave– dad y objeto de sanción. El abogado litigante no escapa a ese atraso cuando asume posiciones que solo dificul– tan la definición del proceso. El profesional del derecho debe actuar con lealtad frente a la administración de justicia, dejando de lado la acuciosidad mal encauzada, muchas veces enderezada hacia actos dilatorios, que generan situa– ciones manifiestamente improcedentes y

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