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Sistema de Control Interno - Doris Mejía Flórez Auditora Rama Judicial ''se define como control interno el sistema integrado por el esquema de organización y el conjunto de los planes y métodos, principios, normas, procedimientos y mecanismos de verificación y evaluación adoptados por una entidad.'' 46 Revista Judicial Diciembre 2009 Auditoría L a Constitución Política de nuestro país dispuso, en su artículo 209 que " ... La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarro– lla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la de– legación y la desconcentración de fun– ciones. las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado. La administración pública, en to– dos sus órdenes tendrá un control interno que se ejercerá en los términos que seña– le la ley" . ralidad, eficiencia, economía, celeridad, imparcialidad, publicidad y valoración de costos ambientales. En consecuen– cia, debe concebirse y organizarse de tal manera que su ejercicio sea intrínseco al desarrollo de las funciones de todos los cargos existentes en la entidad, y en par– ticular de las asignadas a aquellos que tengan responsabilidad del mando. Estas definiciones se extienden en su in– terpretación y aplicación a todos los nive– les de la Rama Judicial, en el concepto de responsabilidad, cuando determina que el Control Interno se expresará a través de las políticas aprobadas por los niveles de dirección y administración de las res- De su parte, la ley 87 de 1993, "Por la pectivas entidades y se cumplirá en toda cual se establecen normas para el ejerci– cio de control interno en las entidades y organismos del Estado y se dictan otras disposiciones", define como control in– terno el sistema integrado por el esque– ma de organización y el conjunto de los planes, métodos, principios, normas, pro– cedimientos y mecanismos de verificación y evaluación adoptados por una entidad, con el fin de procurar que todas las ac– tividades, operaciones y actuaciones, así como la administración de la información y los recursos, se realicen de acuerdo con las normas constitucionales y legales vi– gentes dentro de las políticas trazadas por la dirección y en atención a las metas u objetivos previstos. A su vez, impone que el ejercicio del control interno debe la escala de la estructura administrativa, mediante la elaboración y aplicación de técnicas de dirección, verificación y eva– luación de regulaciones administrativas, de manuales de funciones y procedimien– tos, de sistemas de información y de pro– gramas de selección, inducción y capaci– tación de personal. Es por ello, que en desarrollo de la Ci r– cular No. 03 de 2005, expedida por el Consejo Asesor del Gobierno Nacional en Materia de Control Interno en el Orden Nacional y Territorial, la Sala Administra– tiva del Consejo Superior de la Judicatu– ra, en su calidad de Alta Dirección, ma– nifestó su compromiso de implementar el Modelo Estándar de Control Interno, consultar los principios de igualdad, mo- herramienta de gestión que se construye •

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