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Cafenet Registro de usuarios de los cafenet o locutorios Quisiera compartir con ustedes la conver– sación que sostuve con mi respetado con– tertulio argentino del foro Procedimientos Policiales, el señor comisario Andrés Pena– chino, en donde me comparte la inquietud que tienen las autoridades de su país en tratándose de seguimientos de usuanos por parte de su Pol icía Judioal. que suben ile– galmente imágenes (fijas o móviles) de da– tos sensibles en locutorios (cafenet) y le he aportado lo que le sugerí al alcalde popular 1 del municipio de Rovira (Tolima. Colombia), pues allí también se estaba presentado este uso ilícito, y nos ha dado éxito relativo. En Colombia hemos 2 tipificado esta conducta como violación de datos personales (artícu– lo 269 Fde la Ley 1273 de 2009). La publicación ilegal de información de da– tos sensibles 3 (imágenes móviles o f ijas), - v. gr., como cuando las parejas después de terminar su relación sentimental, la presun– ta ofendida publica imágenes de sus rela• ciones de intimidad, o amenaza con pubh· car imágenes comprometedoras en donde aparece la víctima (políticos o funcionarios públicos de algún nivel significativo) en es– cenarios inadecuados- es y ha sido un pro– blema (en algunos sectores de Colombia y de Latinoamérica} difícil de resolver para las autoridades de policía y judiciales, no solo en Argentina, sino yo creo que en muchos países incluso en Colombia. No obstante, diseñé una fórmula muy sencilla para so- 7 Dr Arnoldo Guzmán. El autor de este an1culo es también el autor del texto original del proyecto de ley de delitos 1nlormáucos. la que es hoy la Ley 1273 de 2009, en donde se logró erevar a bren 1urkltco tutelado la 1nformac1ón y el dato y ser el pnmer pa!s del mundo en penalizar la v1olac1ón de datos personales, entre otras novedosas conductas. No solo en publrcaaoo ilegal de 1nforrnacrón o datos sensibles. sino también de hacer uso de tos medios electcón,cos para consumar otras conductas como la extorsIon a •raves de correos etectrón1cos aparentemente anó~imos. lucionar ese problema, cual es obligar al usuario del locutorio (cafenet) se identifi– que y registre su ID en el libro de usuarios, en donde aparecerá nombre, máquina asig– nada, fecha de servicio, tiempo comprado, foto y tiempo real agotado. El usuario que se ha registrado en las con· diciones arriba anotadas (no importa que sean datos falsos, su foto no lo puede ser) puede ser fácilmente localizado, puesto que todo documento electrónico tiene me– tadatos, con base en los cuales logramos la fecha de realización del ilícito, hallar la IP y llegar a la máquina que se le asignó en forma fija o aleatoria de la dirección encon· trada. Una vez con ella llegaremos a la di· recoón física, esto es, al locutorio (cafenet), y allí estableceremos en el libro de usuarios o registro electrónico quiénes estaban para esa fecha, a esa hora y en esa máq'uina pu· blicando el o los documentos inadecuados. Sin este procedimiento es muy difícil locali– zar al infractor, puesto que en la mayoría de las ocasiones los ISP" asignan direcciones IP dinámicas por el volumen de usuarios que existen en el país (el 8 de junio de 2011 en· tró en rigor el uso de IPV6 5 ) y es por eso que 4 Auón,mo de Internet Setv1ce Prov1der, operadores de servI<:Ios de Internet. El desarrollo de este nuevo protocolo viene por una urgente necesidad para permitir el continuado crecImIento de Internet, ya que en ese momento fue evidente el inminente agotamiento de las d1rece1ones de la versión actual (IPv4) El IPv6 tiene un numero casi ihmitado de d,recciones (340 sext1llones); el despliegue del nuevo protocolo perm1tlfá lo in1mag,nable en Internet. como lo que se ha dado en llamar la 'Internet de las Cosas'. El IPv6 ha sido diseñado para convivir (coexistir) con IPv4, durante un periodo de trans1c16n. Tecnicamente era prácucamente 1mpos1ble "me¡orar" el IPv4 para resolver los problemas. porque ello hubiera implicado parar Internet durante un tiempo, su fic,ente para que, puestos de acuerdo todos los proveedores de Internet y empresas que tienen ·routers· cor1ectados a la red. se pusieran de acuerdo para actuahzarse a esa h1potét,ca actuahzac16n del IPv4. ► -"'"• 2011 Revista Judicial 47

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