Libro

ur IRA 1 ,r- l1f. J 1 S11C 1' o intervención de otro órganos del Estado, para que efectivamentehaya eficacia o una vigencia del derecho a la igualdad de las mujeres y para evitar las infracciones de todo los derechos fundamenlales de manera específica, y fortalecida, en el caso de ellas. El Auto 092 de seguimiento de la sentencia T-025, sobre desplazamiento, Wzo muchas reflexiones, destaco algunas: En primer lugar para resolver los problemas en que están involucradas en este caso la mujeres desplazadas. hay que tener dos elementos, uno que es el elemento fáctico, mirar la realidad, mirar las estadísticas, es decir analizar el caso concreto con una perspectiva sociológica y la perspectiva sociológica, es decir, entre el derecho y lo hechos, nos muestra que en el caso de las mujeres involucradas en el proceso de desplazamiento, estas tienen un impacto; el impacto en materia de desconoci- 01ient-0 de derechos fundamentales de la población desplazada es muy superior en el universo relativo a las mujeres con respecto al de otros sectores de la población, eso como un dato producto de la constatación de campo; y en segundo lugar, para resolver este tipo de problemas, otro fundamento del Auto de seguimiento es que además del presupuesto factico hay unos presupuestos jurídicos, se trata de sujetos de especial protección y que hay una serie de normas constitucionales del bloque de constitucionalidad, de las leyes que se dirigen precisamente a protegerlas, y esa es la perspectiva fáctica y normativa que es en últimas lo que tenemos que tener presente; y reitero este punto donde la perspectiva fáctica, tanto como la perspectiva norma– tiva, son indispensables para poder tomar decisiones fundadas en criterios, mejor dicho para decidir en problemas de género, para decidir con criterio y perspectiva de género, eso me parece de la mayor importancia. El Auto establece los riesgos de gé– nero, un criterio muy interesante donde habla de cuáles son los principales aspectos en los cuales se pone en evidencia y se es más vulnerable por el hecho de ser mujer; también cuáles son los riesgos de género, cuáles son los principales problemas que se presentan en esta población y se hace un análisis bastante extenso sobre cuáles son estos aspectos: violencia sexual, explotación para labores domésticas, retaliaciones de los bandos enemigos, amenaza por pertenencia de organizaciones sociales, por ejemplo, todas las mujeres de los grupos de desplazados que participaban en orga– nizaciones o se asociaban para proteger sus derechos, tenían seria dificultades para el reconocimiento de derechos por parte del Estado, porque se presumía que hacían parte de grupos subversivos o que eran víctimas de este tipo de fenómeno; esto por mencionar uno entre varios ejemplos. Para ir concluyendo, unas reflexiones finales y unas ideas sobre lo que nos sus– cita el trabajo en materia de protección de los derechos de sujetos de especial protec– ción en unos casos y particularmente en la exigencia efectiva el reconocimiento del derecho a la igualdad, en lo cual están todos los temas relacionados con el género. Las reflexiones podríamos agruparlas inicialmente en tres reflexiones: En primer lugar creo. que debemos estar alertas a un hecho, y es el hecho de que en Colombia y en la protección de los derechos de la mujer puede haber regresión. Está bien si los derechos sociales no pueden tener regresión, menos los derechos fun– damentales, pero en el caso colombiano este es un tema muy vigente, es preocupante 97

RkJQdWJsaXNoZXIy NzAxMjQz