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ñ PANfl II AIT,\S ce RPORACION!S Of JUSTICIA o es decir, ¿cuáles son las clases de pautas que nosotros tenernos que tener presentes?, yo creo que el punto de partida es entender cuál es el ABC de la teoría general del derecho, cuál es el procedbnienLo de decisión que se da por parte de un juez en la administración de justicia. En este caso discúlpenme si soy un poco casuístico, pero considero que puede ser interesante revisar cómo decide un juez, cuál es el procedimiento para la decisión de un juez. Pues normalmente uno díce: hay que tener la relación entre el derecho y los hechos y con base en eso llegar a una decisión; sin embargo, como muchos, como todos nosotros lo sabemos. bay algo más como, cuando ante un. inspector de policía o un comisario de familia llega una señora ante su despacho con un niño de brazos y con otro niño en la mano llorando con el vestido raido con un golpe en el ojo y con el vestido con trazas de sangre. mal vestida con el pelo desordenado.... ¿Cuál es la primera impresión? Maltrato infantil, maltrato familiar ... algún tipo de esos. Luego, ¿qué hace el juez, qué hace el funcionario que tiene que decidir ese pro– blema con base en el derecho? Pues adecúa los hechos al derecho y con fundamento en eso toma la decisión. Pero a dónde voy con este ejemplo: a que es un elemento determinante y a veces puede ser el prin1ero a la hora de la toma de decisiones. El elemento "prejuicios", el elemento de consideraciones antes de decidir, y yo creo que ese es un punto clave para saber qué es lo que estamos haciendo nosotros aquí a través de este tipo de actividades. Las paulas para actuar y para decidir con criterios de género. creo que podemos clasificarlas en dos grandes grupos. Un primer grupo que vendrían a ser las pautas que tienen como propósito vi– sualizar la problen1ática específica de las mujeres, problemática social; y por otra parte y al mismo tiempo, además de visualizarlo, adquirir una sensibilidad especial y también se hace desde la otra gran perspectiva que es la perspectiva técnica. Una, tener presente el elemento de sensibilidad y el elemento de visualización y dos, los elementos de carácter técnico, las pautas hermenéuticas, las pautas de aplicación del derecho que permitan que efectivamente al aplicar justicia, se tomen unas decisiones justas, y justas significa en muchas casos el reconocimiento de los derechos de las mujeres o en donde están involucradas mujeres. Ese es punto central y creo que al– rededor de esas dos clases de elementos nos hemos centrado en nuestras reflexiones, vale la pena tenerlo presente. Estos dos ci;terios son en su orden una doble reflexión que tenemos que hacer al momento de analizar el trabajo jurisprudencial, en materia de este tipo de derechos, del derecho a la igualdad. el punto de partida; creo que también es importante reite– rarlo en este momento. ¿De qué estarnos hablando aquí? Estamos hablando de que la Constitución co– lombiana tiene como su razón de ser, la vigencia efectiva de los derechos funda– mentales y la vigencia de derechos fundamentales en este caso incluye también los derechos de las mujeres, el derecho a la igualdad; los derechos fundamentales son el elemento que ha permiüdo y eso es importante reiterarlo, han permitido que nuestra sociedad se identifique en tomo a una idea, la idea de la defensa de los derechos fun– damentales, nuestra Constitución integra a todos los sectores de la sociedad a través

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