Libro
o 32 S(PTIMO IWIJlNIRO Ot G[N[RO OE LAS ALTAS CO!lPOMt I NIS Of JUSTICIA DI:. COLUMBIA bertura es nacional y será transversal a todas las instituciones del Ministerio Público. Dentro de estos criterios encontramos identificar diferencias que se convierten en exclusión o desventajas y trabajar para solucionarlas, formular estrategias, acciones y mecanismos orientados al logro de la equidad y la igualdad entre las personas. La funcionalidad atañe a los ejes misionales de la Procuraduría y del Ministe– rio Público como tal, la función preventiva, la función de intervención judicial, la administrativa y la función disciplinaria. Encontramos en esta función disciplinaria la obligatoriedad del Ministerio Público, de informar sobre la función, el procedi– miento y los efectos de una sanción disciplinaria; la función preventiva, vigilar la gestión pública e impulsar las decisiones de poüticas públicas dirigidas a garantizar la igualdad, la no discriminación, la equidad de género y el ejercicio de los derechos, promover acciones dirigidas a la transversalización de la perspectiva de género, im– pulsar acciones dirigidas a la promoción de defensa y garantía de los derechos, es– pecialmente de las mujeres, la población indígena, los niños y las niñas, las comuni– dades afro descendientes y poblaciones en situación de desplazamiento, entre otros. El último de los interrogantes: ¿cómo se evaluará? y ¿cómo se hará el segui– miento a la política de igualdad y no discriminación? Pues bien, las entidades que integran el Ministerio Público: la Procuraduría General, Defensoría del Pueblo y las Personerías tenemos la responsabilidad, entre otras, de rendir anualmente, el 8 de marzo de cada año con corte a diciembre del año anterior, un informe sobre la eje– cución de estas politicas, pero al interior de la Procuraduría General con cargo a la Secretaría General, bajo la orientación de la Vice-procuraduría y en coordinación con la Procuraduría Delegada para la defensa de los niños adolescentes y de la familia se realizarán actividades para promover entre los servidores públicos, las relaciones fundadas en el respeto y en el reconocimiento de la diferencia para que no constitu– yan discriminación o desventajas. Igualmente se adelantarán las acciones para iden– tificar y corregir situaciones inequitativas que puedan surgir por diversas razones en las relaciones entre los servidores y las servidoras del Ministerio Público. Con satisfacción me corresponde manifestar que somos uno de los organismos pioneros en la adopción de estas políticas, por ende, hacemos un llamado respetuoso a los restantes organismos de control y a las restantes instituciones para la adopción de políticas similares. Comentario de la moderadora De la mayor importancia resulta la noticia que nos trae la señora Vice-procuradora sobre la adopción por medio de la Resolución 210 de 24 de mayo de este año, de la Politica de igualdad y no discriminación del Ministerio Público, resolución que pretende ser aplicada por todos los funcionarios vinculados a esta institución, y que sin duda alguna redundará en el programa que se propone la Comisión de Género de la Rama Judicial, en relación con los funcionarios que trabajan ante la jurisdicción, para el entendimiento cabal del tema y a la incorporación de los principios de equi– dad de género en sus decisiones judiciales.
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