Libro

, PJIN~I COffl1 SUflill1 1 11 Dl IUSflCIA m principio de independencia, ni de autonomía, ni de estar cargando con una prueba a favor de la mujer simplemente por serlo, sino por estar en condiciones que requerían de especial protección, haciendo justicia, dio un trato especial a los casos. Fíjense us– tedes como el estado emocional, cargado de miedo, de ten1or en el evento que expuso el Dr. Gómez Quintero, una mujer atropellada en vida y finalmente termina su vida en roanos de ese agresor, también los casos del Dr. Augusto Ibáñez, una mujer objeto de sumisión por su marido, otra en estado de indefensión por producto del licor y que terminan siendo víctimas de un delito que finalmente, gracias a esas decisiones con perspectiva de género, encontraron justicia y se logró la igualdad garantizando los derechos de las mujeres. El caso de la Sala de Casación Civil, destaca una realidad social, las vicisitudes de la vida familiar, de la vida en. pareja, caso de sociedad de hecho una liquidación de una sociedad que se defiJ1.ió a favor de la mujer, también se logró la efectividad de los derechos de una mujer que se encontraba en condiciones especiales; y, finalmente el caso de la Sala de Casación Laboral, un tema recurrente, también dadas esos acae– cimientos de encontrar en un hogar distintas realidades de parejas, donde también se logró la justicia dejando la pensión a quién correspondía. Estamos en un camino que es especial para esta Comisión de Género, donde esperamos que todos sean partícipes, porque de verdad la justicia necesita poner ese modelo de transformación al que estamos obligados para concebir nuestro que– hacer judicial de una manera distinta y proteger derechos de personas que necesitan especial protección, en la sociedad , la gente entiende que perspectiva de género es protección de la mujer por ser mujer. y no lo es, queremos llevarlos a los estrados judiciales, seguiremos con sentencias como en las que se garantiza el derecho a la igualdad y a la no discriminación . 189

RkJQdWJsaXNoZXIy NzAxMjQz