Libro
2, P/\Nfl INSíl LJl_;¡QNAI m 2.3 Dr. Volmar Pérez Ortíz. Defensor del Pueblo Este evento tiene por propósito abordar el tema de la perspectiva de género en las decisiones ;udiciales, en procura de la construcción de la igualdad y de la necesidad perentoria de disminuir la discriminación en Colombia y por ello, a nosotros nos pa– rece que es realmente importante darle una mirada atenta, cuidadosa y responsable a lo que ha tenido una evolución controversia! en Colombia y lo que corresponde a la necesidad de garantizar la perspectiva de género en las providencias. La Defensoría del Pueblo es el órgano del Estado colombiano al que se 1e ha señalado la responsabilidad de promover la defensa y la protección de los derechos ciudadanos, los derechos humanos y los derechos fundamentales de todos los co– lombianos, pero de manera particular a los derechos de los sectores más vulnerables de la sociedad colombiana, dentro de cuyo universo naturalmente se encuentran los derechos que le asisten a las mujeres en Colombia. En esa medida debemos decir que en la Defensoría del Pueblo hemos venido tra– bajando con mucho esmero y esfuerzo sobre la necesidad de garantizar los derechos que le asisten a las mujeres en Colombia y hoy quisiéramos ocuparnos, de la mane– ra como en desarrollo de sus facultades constitucionales ha venido interviniendo en distintos procesos, que boy han sido reconocimiento de las altas corporaciones judiciales en Colombia, de esa manera debemos decir que la defensoría del pueblo a través del mecanismo conocido como litigio defensorial, qua es un instrumento a través del cual nos permitimos ofrecer asistencia jurídica y representación judicial a amplios sectores de la sociedad colombiana. En el desarrollo de esa tarea y responsabilidad que nos asiste, hemos presentado acciones de tutela, acciones de cumplimiento, hábeas corpus, hemos instrumentado acciones populares, acciones de grupo y acciones de nulidad, a propósito de los derechos que le asisten a las mujeres en Colombia, es decir, que se ha participado sin tener propiamente facultades de intervención directa en 1os procesos que son de conocimieuto específico del tribunal. Dentro de la aspiración a garantizar el derecho a la igualdad y la no discrimina– ción es necesario proscribir las distintas formas de discriminación que se presentan en Colombia y que han tenido como blanco de acciones en distintos sectores y expre– siones de la sociedad. Es así como la institución que represento, ha ido participando repetitivamente en distintos juicios que se adelantan en la Corte Constitucional, en algunas ocasiones a través del instituto procesal de la co-adyuvancia y en otras, mediante la interpo– sición directa de acción por parte de nuestros defensores regionales y el equipo de funcionarios que prestan sus servicios en las diferentes oficinas regionales del país. Como ejemplo de lo anterior encontramos, que en la sentencia C 101 de 2005 en la que se demandó por parte de funcionarios de la Defensoría del Pueblo el arti– culo 1134 del Código Civil que establecía la posibilidad de consagrar una asignación testamentaria provisional a cambio que las mujeres oo contraerán nupcias, mediante nuestra activa participación presentamos a la Corte Constitucional un conjunto de 143
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