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2. PANEL INSTITUCIONAL 2.1 Dr. Alejandro Ordóñez Maldonado. Procurador General de la Nación Respecto a las acciones que la Procuraduría General de la Nación ha emprendido en la política de igualdad y no discriminación, las actuaciones en torno a la perspectiva de género, tocaré algunos aspectos puntuales de las decisiones que nosotros hemos tomado tanto en la función preventiva como en la función de intervención. Ustedes bien saben que la Procuraduría General de la Nación, dentro del marco constitucional tiene específicas competencias en orden de la protección, promoción y efectividad de los derechos fundamentales, en este orden de ideas, la Procuraduría expidió el 17 mayo de 2011 la directiva 006 en la que aborda la lucha contra la impu– nidad de los casos de violencia sexual en el marco del confücto armado colombiano, especialmente la que se comete contra la mujer y para garantizar su dignidad funda– do en el artículo 277 de la Constitución Nacional, numerales primero y quinto, en los cuales se sei'íala como se debe vigilar el cumplimiento de la Constitución y las Leyes. También, teniendo en cuenta el auto 092 de 2008 de la Corte Constitucional, en el cual se puso de manifiesto que están proscritos los actos de violencia sexual per– petrados como parte integrante de las operaciones violentas contra la mujer de mayor envergadura tales como: masacres, tomas, destrucciones del poblado y actos deli– berados de violencia sexual cometidos contra las mujeres, junto con otras acciones violentas ya no de mayor alcance, sino individuales realizadas premeditadamente por miembros de los grupos armados al margen de la ley, como los actos de retalia– ción contra los auxiliares reales o presuntos del bando enemigo, a través de violencia contra las mujeres, sus familias o comunidades y contra las mujeres acusadas de ser colaboradoras e informantes. Fundado en ese auto de la Corte Constitucional y en el titulo segundo del libro segundo del Código Penal que considera como crímenes contra el Derecho Interna– cional Humanitario el acceso carnal violento, los actos sexuales violentos en perso– nas protegidas, la prostitución forzada, la esclavitudsexual, la Procuraduría profiere una directiva dirigida a los procuradores delegados, a la defensoría del pueblo, a las 135

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